Ayuntamiento De Ceclavín. Procesos Selectivos. (2024080804)
Anuncio de 16 de mayo de 2024 sobre corrección de las bases de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, mediante concurso de méritos.
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NÚMERO 100
26460
Viernes 24 de mayo de 2024
hubiese sido separado o inhabilitado. Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido
sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso a la función pública.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria se dedujese
que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran incurrido en
falsedad en relación con los mismos, quedaran anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes
de participación”.
Examinados los antecedentes y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la corrección del error tipográfico detectado en la base décima de las bases
que han de regir la convocatoria de los procesos selectivos del Ayuntamiento de Ceclavín en
el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación
de la Ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad mediante concurso de méritos estableciendo el plazo afectado “en veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel
en que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres”.
Segundo. Publicar en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[dirección https://ceclavin.sedelectronica.es] a los efectos oportunos.
Tercero. Dar cuenta al Pleno en la siguiente sesión plenaria ordinaria.
Ceclavín, 16 de mayo de 2024. El Primer Teniente de Alcalde (PD, Decreto 2024-0089 de 18-042024), JULIÁN GASCO GUARDADO.
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Viernes 24 de mayo de 2024
hubiese sido separado o inhabilitado. Los/as nacionales de otros Estados deberán acreditar igualmente no hallarse inhabilitados/as o en situación equivalente ni haber sido
sometidos a sanción disciplinaria o equivalente que impida, en su Estado, en los mismos
términos, el acceso a la función pública.
10.2. Quienes dentro del plazo indicado en el apartado 1º, y salvo los casos de fuerza mayor, no presentasen la documentación exigida en las bases de la convocatoria se dedujese
que carecen de alguno de los requisitos exigidos por las mismas o hubieran incurrido en
falsedad en relación con los mismos, quedaran anuladas todas sus actuaciones, sin perjuicio de la responsabilidad en la que pudieran haber incurrido por falsedad en sus solicitudes
de participación”.
Examinados los antecedentes y de conformidad con el artículo 21.1.g) de la Ley 7/1985, de 2
de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local,
RESUELVO:
Primero. Aprobar la corrección del error tipográfico detectado en la base décima de las bases
que han de regir la convocatoria de los procesos selectivos del Ayuntamiento de Ceclavín en
el marco de los procesos extraordinarios de estabilización del empleo temporal, en aplicación
de la Ley 20/2021 para la reducción de la temporalidad mediante concurso de méritos estableciendo el plazo afectado “en veinte días naturales, a contar desde el día siguiente a aquel
en que se hiciera pública la lista definitiva de aspirantes aprobados/as en el Boletín Oficial de
la Provincia de Cáceres”.
Segundo. Publicar en la sede electrónica de este Ayuntamiento
[dirección https://ceclavin.sedelectronica.es] a los efectos oportunos.
Tercero. Dar cuenta al Pleno en la siguiente sesión plenaria ordinaria.
Ceclavín, 16 de mayo de 2024. El Primer Teniente de Alcalde (PD, Decreto 2024-0089 de 18-042024), JULIÁN GASCO GUARDADO.
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