Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024040071)
Modificación del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la ampliación del crédito asignado a la convocatoria para el ejercicio 2023-2024, de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización del empleo autónomo, Programa II: Ayudas a las personas autónomas que propicien la inserción laboral de un familiar colaborador, al amparo del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones y se aprueba la primera convocatoria.
2 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 99
Jueves 23 de mayo de 2024
I
26077
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la
ampliación del crédito asignado a la convocatoria para el ejercicio 20232024, de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización
del empleo autónomo, Programa II: Ayudas a las personas autónomas que
propicien la inserción laboral de un familiar colaborador, al amparo del Decreto
168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones y se aprueba la primera convocatoria. (2024040071)
BDNS(Identif.):675161
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
31 de fecha 14 de febrero de 2023, Extracto del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por
el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento, consolidación y
modernización del empleo autónomo y se aprobó la primera convocatoria, para el período
2023-2024, de las subvenciones para el Programa II: “Ayudas a las personas autónomas que
propicien la inserción laboral de un familiar colaborador”, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
Los créditos iniciales de la convocatoria para el Programa II eran:
20230058 “Autoempleo. Ayudas a Familiar Colaborador (FS)”, financiado por Fondo Social
Europeo Plus por un importe de 2.395.000,00 euros, de los cuales 1.796.250,00 euros corresponden al ejercicio 2023 y 598.750,00 euros corresponden al ejercicio 2024.
Los créditos de la convocatoria para el Programa II, de conformidad con la Modificación del
Extracto y Anuncio publicados el 23 de noviembre de 2023 en el DOE núm. 225, son los que
se detallan a continuación:
20230058 “Autoempleo. Ayudas a Familiar Colaborador (FS)”, financiado por Fondo Social
Europeo Plus por un importe de 4.895.000,00 euros, de los cuales 4.296.250,00 euros corresponden al ejercicio 2023 y 598.750,00 euros corresponden al ejercicio 2024, posición
presupuestaria 140130000 (antes 130080000) G/242A/47000 FS21411A04 20230058.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento que debe seguirse
Jueves 23 de mayo de 2024
I
26077
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL
MODIFICACIÓN del Extracto y Anuncio por el que se da publicidad a la
ampliación del crédito asignado a la convocatoria para el ejercicio 20232024, de las subvenciones para el fomento, consolidación y modernización
del empleo autónomo, Programa II: Ayudas a las personas autónomas que
propicien la inserción laboral de un familiar colaborador, al amparo del Decreto
168/2022, de 30 de diciembre, por el que se establecen las bases reguladoras
de las subvenciones y se aprueba la primera convocatoria. (2024040071)
BDNS(Identif.):675161
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publicó en el Diario Oficial de Extremadura número
31 de fecha 14 de febrero de 2023, Extracto del Decreto 168/2022, de 30 de diciembre, por
el que se establecen las bases reguladoras del programa para el fomento, consolidación y
modernización del empleo autónomo y se aprobó la primera convocatoria, para el período
2023-2024, de las subvenciones para el Programa II: “Ayudas a las personas autónomas que
propicien la inserción laboral de un familiar colaborador”, cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es).
Los créditos iniciales de la convocatoria para el Programa II eran:
20230058 “Autoempleo. Ayudas a Familiar Colaborador (FS)”, financiado por Fondo Social
Europeo Plus por un importe de 2.395.000,00 euros, de los cuales 1.796.250,00 euros corresponden al ejercicio 2023 y 598.750,00 euros corresponden al ejercicio 2024.
Los créditos de la convocatoria para el Programa II, de conformidad con la Modificación del
Extracto y Anuncio publicados el 23 de noviembre de 2023 en el DOE núm. 225, son los que
se detallan a continuación:
20230058 “Autoempleo. Ayudas a Familiar Colaborador (FS)”, financiado por Fondo Social
Europeo Plus por un importe de 4.895.000,00 euros, de los cuales 4.296.250,00 euros corresponden al ejercicio 2023 y 598.750,00 euros corresponden al ejercicio 2024, posición
presupuestaria 140130000 (antes 130080000) G/242A/47000 FS21411A04 20230058.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 39.4 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, el procedimiento que debe seguirse