Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Premios. (2024050097)
Orden de 17 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras de los premios a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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NÚMERO 98
Miércoles 22 de mayo de 2024
I
25775
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORDEN de 17 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras
de los premios a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma
de Extremadura. (2024050097)
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasaron las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
La Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la
competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización
y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional,
de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
En su ámbito de actuación, y en el marco de lo establecido por el Estatuto de Autonomía en su
artículo 7, la Junta de Extremadura contempla, entre sus objetivos, estimular la investigación
científica y técnica, la incorporación de procesos innovadores, la promoción de las tecnologías
de la información y la comunicación, la extensión de los sistemas operativos de código abierto, el uso de las licencias de libre copia y distribución y el dominio de otras lenguas.
También, fomentar y conservar los valores de Extremadura así como el patrimonio social, histórico, lingüístico, cultural y artístico de Extremadura, perseguir un modelo de desarrollo sostenible y cuidar de la preservación y mejora de la calidad medioambiental y la biodiversidad,
favorecer medidas para el ahorro y la eficiencia energética y apoyar la generación de energías
renovables y promover la integración social y laboral de las personas con discapacidad.
En la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establece en el artículo 2.2 que “los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la
enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo,
la dotación de recursos educativos, humanos y materiales, las condiciones ambientales y de
salud del centro escolar y su entorno, la investigación, la experimentación y la renovación
educativa, el fomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, la orientación educativa y profesional, la inspección
educativa y la evaluación”.
Miércoles 22 de mayo de 2024
I
25775
DISPOSICIONES GENERALES
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL
ORDEN de 17 de mayo de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras
de los premios a las buenas prácticas educativas en la Comunidad Autónoma
de Extremadura. (2024050097)
Mediante Real Decreto 1801/1999, de 26 de noviembre, se traspasaron las funciones y servicios en materia de enseñanza no universitaria de la Administración del Estado a la Comunidad
Autónoma de Extremadura.
La Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de reforma del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en su artículo 10.1.4 atribuye a la Comunidad Autónoma la
competencia de desarrollo normativo y ejecución en materia de educación, en toda su extensión, niveles y grados, modalidades y especialidades. En particular, el régimen, organización
y control de los centros educativos, del personal docente, de las materias de interés regional,
de las actividades complementarias y de las becas con fondos propios.
En su ámbito de actuación, y en el marco de lo establecido por el Estatuto de Autonomía en su
artículo 7, la Junta de Extremadura contempla, entre sus objetivos, estimular la investigación
científica y técnica, la incorporación de procesos innovadores, la promoción de las tecnologías
de la información y la comunicación, la extensión de los sistemas operativos de código abierto, el uso de las licencias de libre copia y distribución y el dominio de otras lenguas.
También, fomentar y conservar los valores de Extremadura así como el patrimonio social, histórico, lingüístico, cultural y artístico de Extremadura, perseguir un modelo de desarrollo sostenible y cuidar de la preservación y mejora de la calidad medioambiental y la biodiversidad,
favorecer medidas para el ahorro y la eficiencia energética y apoyar la generación de energías
renovables y promover la integración social y laboral de las personas con discapacidad.
En la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, por la que se modifica la Ley Orgánica
2/2006, de 3 de mayo, de Educación, se establece en el artículo 2.2 que “los poderes públicos prestarán una atención prioritaria al conjunto de factores que favorecen la calidad de la
enseñanza y, en especial, la cualificación y formación del profesorado, su trabajo en equipo,
la dotación de recursos educativos, humanos y materiales, las condiciones ambientales y de
salud del centro escolar y su entorno, la investigación, la experimentación y la renovación
educativa, el fomento de la lectura y el uso de bibliotecas, la autonomía pedagógica, organizativa y de gestión, la función directiva, la orientación educativa y profesional, la inspección
educativa y la evaluación”.