Servicio Extremeño Público De Empleo. Fomento Del Empleo. Subvenciones. (2024061618)
Resolución de 8 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones para la realización de acciones de orientación y otras actuaciones de políticas activas de empleo para personas jóvenes de entre 19 y 29 años correspondiente al ejercicio 2024.
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NÚMERO 97
Martes 21 de mayo de 2024
25653
8º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo cofinanciada por un organismo público y su objetivo era el desarrollo de parte
de las acciones indicadas en la resolución de la convocatoria: 5 puntos por cada
proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
9º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo cofinanciada por un organismo público y su objetivo era el desarrollo de otras
políticas activas de empleo distintas de las del artículo 6.1 a), b) y c) de la Orden de
17 de noviembre de 2020: 4 puntos por cada proyecto finalizado con cumplimiento
de objetivos.
10º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
estuvo cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de
todas las acciones indicadas en la resolución de la convocatoria: 4 puntos por cada
proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
11º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
estuvo cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de
parte de las acciones indicadas en la resolución de la convocatoria: 3 puntos por
cada proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
12º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
estuvo cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de
otras políticas activas de empleo distintas de las del artículo 6.1 a), b) y c) de la
Orden de 17 de noviembre de 2020: 2 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
13º. A
efectos de valoración de este criterio y con el objeto de dar oportunidades a las
entidades sin experiencia previa, frente a las entidades cuyos resultados no hayan
sido positivos, en el caso que la entidad no hubiera ejecutado ningún proyecto en
el periodo de referencia o la suma de proyectos ejecutados sea inferior a 10 puntos: 10 puntos.
Si algún proyecto ha sido cofinanciado por entidades públicas y privadas simultáneamente, se tendrá en cuenta el tipo de entidad, a efectos de puntuación, que haya cofinanciado en mayor proporción. Si la cofinanciación otorgada por entidades públicas y
privadas es igual, se entenderá cofinanciado por entidades públicas.
Así mismo, si un proyecto ha tenido personas usuarias en la CA de Extremadura y también fuera de ella, se tendrá en cuenta a efectos de puntuación, si hay más personas
usuarias en la CA de Extremadura o fuera de ella, siendo este el criterio para valorar. En
Martes 21 de mayo de 2024
25653
8º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo cofinanciada por un organismo público y su objetivo era el desarrollo de parte
de las acciones indicadas en la resolución de la convocatoria: 5 puntos por cada
proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
9º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura, estuvo cofinanciada por un organismo público y su objetivo era el desarrollo de otras
políticas activas de empleo distintas de las del artículo 6.1 a), b) y c) de la Orden de
17 de noviembre de 2020: 4 puntos por cada proyecto finalizado con cumplimiento
de objetivos.
10º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
estuvo cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de
todas las acciones indicadas en la resolución de la convocatoria: 4 puntos por cada
proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
11º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
estuvo cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de
parte de las acciones indicadas en la resolución de la convocatoria: 3 puntos por
cada proyecto finalizado con cumplimiento de objetivos.
12º. Si la actuación se desarrolló fuera de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
estuvo cofinanciada por un organismo privado y su objetivo era el desarrollo de
otras políticas activas de empleo distintas de las del artículo 6.1 a), b) y c) de la
Orden de 17 de noviembre de 2020: 2 puntos por cada proyecto finalizado con
cumplimiento de objetivos.
13º. A
efectos de valoración de este criterio y con el objeto de dar oportunidades a las
entidades sin experiencia previa, frente a las entidades cuyos resultados no hayan
sido positivos, en el caso que la entidad no hubiera ejecutado ningún proyecto en
el periodo de referencia o la suma de proyectos ejecutados sea inferior a 10 puntos: 10 puntos.
Si algún proyecto ha sido cofinanciado por entidades públicas y privadas simultáneamente, se tendrá en cuenta el tipo de entidad, a efectos de puntuación, que haya cofinanciado en mayor proporción. Si la cofinanciación otorgada por entidades públicas y
privadas es igual, se entenderá cofinanciado por entidades públicas.
Así mismo, si un proyecto ha tenido personas usuarias en la CA de Extremadura y también fuera de ella, se tendrá en cuenta a efectos de puntuación, si hay más personas
usuarias en la CA de Extremadura o fuera de ella, siendo este el criterio para valorar. En