Servicio Extremeño Público De Empleo. Formación Para El Empleo. Subvenciones. (2024061681)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Secretaría General de Empleo, de concesión de subvenciones destinadas a la financiación de actividades de diseño, programación, difusión y evaluación de la oferta formativa para personas trabajadoras autónomas en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 97
Martes 21 de mayo de 2024

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Quinto. Que el importe total de la ayuda concedida asciende a 60.000,00 € distribuidos del
siguiente modo por entidad solicitante:
— Asociación de Trabajadores Autónomos de Extremadura-ATA: 30.000,00 €.
— Asociación de Autónomos con Derechos Extremadura-UATAE: 30.000,00 €.
Sexto. Con fecha 15 de abril del 2024, se reunió la Comisión de Valoración para examinar el
informe del Servicio de Formación para el Empleo de la Dirección General de Formación para
el Empleo del SEXPE sobre cumplimiento de los requisitos por los beneficiarios, alegaciones
presentadas por las entidades cuyas solicitudes se inadmiten y la evaluación de las solicitudes
admitidas de acuerdo con los criterios previstos en el artículo 12 de la Orden de 28 de abril
de 2021.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. El resuelvo decimotercero de la Resolución de 1 de diciembre de 2023 establece
que de acuerdo con lo previsto en el artículo 9.2 de la Orden de 28 de abril de 2021, la resolución del procedimiento de concesión de las subvenciones previstas en la presente resolución
corresponde a la Dirección Gerencia del Servicio Extremeño Público de Empleo o persona en
quien delegue, en la que se fijarán las cuantías individualizadas de las ayudas, así como las
condiciones, obligaciones y determinaciones accesorias a las que deban sujetarse las beneficiarias de las mismas.
Así mismo, el artículo 5 del Decreto 234/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece la
estructura orgánica de la Consejería de Economía, Empleo y Transformación Digital y se modifica el Decreto 26/2009, de 27 de febrero, por el que se aprueban los Estatutos del Servicio
Extremeño Público de Empleo, señala que la Secretaría General de Empleo, bajo la superior
dirección de la persona titular de la Consejería, ejerce la Dirección Gerencia del Organismo
Autónomo Servicio Extremeño Público de Empleo.
Segundo. . El resuelvo decimosegundo de la Resolución de 1 de diciembre de 2023 señala
que el órgano de ordenación e instrucción del procedimiento de concesión de las subvenciones
convocadas mediante la presente resolución será la Dirección General de Formación para el
Empleo del Servicio Extremeño Público de Empleo, que realizará de oficio cuantas actuaciones
estime necesarias para la determinación, conocimiento y comprobación de los datos en virtud
de los cuales debe formularse la propuesta de resolución.
Tercero. La tramitación del expediente se ha desarrollado de conformidad con lo previsto
en la Resolución de 1 de diciembre de 2023 y en la Orden de 28 de abril de 2021, la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Ley