Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061684)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio Marco de Colaboración entre la Consejería de Salud y Servicios Sociales de la Junta de Extremadura, la Federación de Municipios y Provincias de Extremadura y Endesa sobre determinadas medidas de protección de los suministros mínimos vitales de los consumidores vulnerables residentes en Extremadura.
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Secuencial
factura
Fecha
factura
Importe
factura
Nombre/
apellido titular
contrato
NIF
Importe
abonado
por los SS
Fecha
transferencia
Transferencia
conjunta (SÍ/No).
En caso afirmativo,
indicar importe
Lugar y fecha
Firma/sello
Lunes 20 de mayo de 2024
— Referencia factura/NIF/Nombre del cliente, si se trata de una transferencia individualizada (para una única factura).
— CONSUMIDORES EXCLUSIÓN, si se trata de una transferencia conjunta (para varias facturas y/o clientes).
Adicionalmente a lo indicado, el concepto de la transferencia bancaria será:
Referencia
de contrato
897/2017, de 6 de octubre, de las siguientes facturas:
te del suministro de electricidad del consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social según el artículo 12 del Real Decreto
Certificado de los servicios sociales [Servicios Sociales de la Administración autonómica o local] acreditando la co-financiación del cos-
Decreto 897/2017, de 6 de octubre.
Certificado de Servicios Sociales para acreditar el pago de las facturas de los consumidores en riesgo de exclusión social según el Real
ANEXO I
NÚMERO 96
25288
factura
Fecha
factura
Importe
factura
Nombre/
apellido titular
contrato
NIF
Importe
abonado
por los SS
Fecha
transferencia
Transferencia
conjunta (SÍ/No).
En caso afirmativo,
indicar importe
Lugar y fecha
Firma/sello
Lunes 20 de mayo de 2024
— Referencia factura/NIF/Nombre del cliente, si se trata de una transferencia individualizada (para una única factura).
— CONSUMIDORES EXCLUSIÓN, si se trata de una transferencia conjunta (para varias facturas y/o clientes).
Adicionalmente a lo indicado, el concepto de la transferencia bancaria será:
Referencia
de contrato
897/2017, de 6 de octubre, de las siguientes facturas:
te del suministro de electricidad del consumidor vulnerable severo en riesgo de exclusión social según el artículo 12 del Real Decreto
Certificado de los servicios sociales [Servicios Sociales de la Administración autonómica o local] acreditando la co-financiación del cos-
Decreto 897/2017, de 6 de octubre.
Certificado de Servicios Sociales para acreditar el pago de las facturas de los consumidores en riesgo de exclusión social según el Real
ANEXO I
NÚMERO 96
25288