Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061647)
Resolución de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto del centro de clasificado de lanas y centro de clasificado, secado y salado de pieles, cuya titular es Lanas Extremadura, SL, en el término municipal de Mérida.
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NÚMERO 95
Viernes 17 de mayo de 2024

25119

RESOLUCIÓN de 9 de mayo de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad,
en el procedimiento de autorización ambiental unificada para el proyecto del
centro de clasificado de lanas y centro de clasificado, secado y salado de
pieles, cuya titular es Lanas Extremadura, SL, en el término municipal de
Mérida. (2024061647)
ANTECEDENTES DE HECHO:
Primero. Con fecha 20 de julio de 2023 tiene entrada en el Registro Único de la Junta de
Extremadura, la solicitud de autorización ambiental unificada (AAU) para la instalación de un
centro de clasificado de lanas y centro de clasificado, secado y salado de pieles en el término
municipal de Mérida (Badajoz) y promovida por Lanas Extremadura, SL, con CIF B-06616072,
con domicilio en c/ Poeta Deciano, n.º 1, CP 06800 de Mérida.
Segundo. El proyecto consiste en la instalación de un centro de clasificado de lanas y centro
de clasificado, secado y salado de pieles con una capacidad de tratamiento de 2.000.000 de
kg de lanas de ovino al año y 150.000 kg de pieles de ovino, caprino y vacuno al año . Esta
actividad está incluida en el ámbito de aplicación de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura. En particular en la categoría
9.5 del anexo II.
La instalación se ubicará en la parcela 422 del polígono 44, del término municipal de Mérida.
Las características esenciales del proyecto se describen en la presente resolución.
Tercero. Se publica anuncio de fecha 22 de agosto de 2023 en la página web del órgano
ambiental y en el Diario Oficial de Extremadura (DOE número 170, de 4 de septiembre),
poniendo a disposición del público, durante un plazo de 20 días, la información relativa al
procedimiento de solicitud de autorización ambiental unificada, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 16.3 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la
Comunidad Autónoma de Extremadura modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de marzo,
de medidas urgentes para la modernización de la Administración Pública y para la ejecución
del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Dentro de este periodo no se han
recibido alegaciones.
Cuarto. Simultáneamente al periodo de información pública, mediante escrito registrado de
salida con fecha 22 de agosto de 2023, se remite la solicitud de AAU al Ayuntamiento de Mérida, a fin de solicitarle el informe técnico sobre la adecuación de la instalación analizada a
todos aquellos aspectos que sean de su competencia, en virtud de lo dispuesto en el artículo
16, punto 4 de la Ley 16/2015, de 23 de abril, modificado por el Decreto-ley 3/2021, de 3 de
marzo.