Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2024080741)
Anuncio de 9 de mayo de 2024 por el que se someten a información pública las instalaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura sujetas a ser excluidas del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero para el periodo 2026-2030.
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NÚMERO 95
Viernes 17 de mayo de 2024
25173
ANUNCIO de 9 de mayo de 2024 por el que se someten a información pública
las instalaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura sujetas a ser
excluidas del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero
para el periodo 2026-2030. (2024080741)
De conformidad con la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la
que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero,
el órgano autonómico competente podrá acordar la exclusión de las instalaciones que tengan
la consideración de pequeños emisores o sean hospitales, cuando los respectivos titulares de
las instalaciones lo hayan solicitado y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos que
se establecen en la misma.
El Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la
asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026, se somete a trámite
de información pública las solicitudes de exclusión de instalaciones de pequeño tamaño del
régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo
2026-2030 admitidas a trámite que se incluyen en el anexo adjunto.
Se abre un periodo de información pública de tres meses a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el
que podrán ser examinados los expedientes de instalaciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura sujetas a la exclusión del comercio de derechos de emisión de gases de efecto
invernadero para el periodo 2026-2030, en las dependencias de esta Dirección General de
Sostenibilidad y/o presentarse cuantas alegaciones se consideren oportunas, todo ello de
acuerdo con el apartado segundo de la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005, así
como con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Mérida, 9 de mayo de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.
Viernes 17 de mayo de 2024
25173
ANUNCIO de 9 de mayo de 2024 por el que se someten a información pública
las instalaciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura sujetas a ser
excluidas del comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero
para el periodo 2026-2030. (2024080741)
De conformidad con la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005, de 9 de marzo, por la
que se regula el régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero,
el órgano autonómico competente podrá acordar la exclusión de las instalaciones que tengan
la consideración de pequeños emisores o sean hospitales, cuando los respectivos titulares de
las instalaciones lo hayan solicitado y hayan acreditado el cumplimiento de los requisitos que
se establecen en la misma.
El Real Decreto 203/2024, de 27 de febrero, por el que se desarrollan aspectos relativos a la
asignación gratuita de derechos de emisión para los años 2026-2030 y otros aspectos relacionados con el régimen de exclusión de instalaciones a partir de 2026, se somete a trámite
de información pública las solicitudes de exclusión de instalaciones de pequeño tamaño del
régimen de comercio de derechos de emisión de gases de efecto invernadero en el periodo
2026-2030 admitidas a trámite que se incluyen en el anexo adjunto.
Se abre un periodo de información pública de tres meses a partir del día siguiente a la publicación de este anuncio en el Diario Oficial de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en el
que podrán ser examinados los expedientes de instalaciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura sujetas a la exclusión del comercio de derechos de emisión de gases de efecto
invernadero para el periodo 2026-2030, en las dependencias de esta Dirección General de
Sostenibilidad y/o presentarse cuantas alegaciones se consideren oportunas, todo ello de
acuerdo con el apartado segundo de la disposición adicional cuarta de la Ley 1/2005, así
como con la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las
Administraciones Públicas.
Mérida, 9 de mayo de 2024. El Director General de Sostenibilidad, GERMÁN PUEBLA OVANDO.