Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Información Pública. (2024080728)
Anuncio de 6 de mayo de 2024 por el que se somete a información pública el plan de restauración para el aprovechamiento de recursos de la Sección A) denominado "Ampliación 2.ª Vegas de Bótoa", n.º 06A00979-20, en el término municipal de Badajoz.
3 páginas totales
Página
Zahoribo únicamente muestra información pública que han sido publicada previamente por organismos oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
Cualquier dato, sea personal o no, ya está disponible en internet y con acceso público antes de estar en Zahoribo. Si lo ves aquí primero es simple casualidad.
No ocultamos, cambiamos o tergiversamos la información, simplemente somos un altavoz organizado de los boletines oficiales de España.
NÚMERO 95
Viernes 17 de mayo de 2024
25167
Superficie afectada por la
explotación
3,30 ha
Número de frentes
1
Número de bancos
1
Altura media de banco
1,5 m
Volumen de explotación
48.759 m3
Periodo de explotación
8 años, incluida la restauración.
Infraestructuras, instalaciones y
equipos
1 retroexcavadora y 2 volquetes. No hay instalaciones auxiliares.
Uso final del suelo propuesto tras
la rehabilitación
Uso agrícola.
Instalación de residuos mineros
Ninguna
Propuesta de resolución al Plan de Restauración: A la vista de la documentación aportada,
el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable del
plan de restauración presentado, incluido su plan de gestión de residuos, condicionado a la
adaptación de su contenido a los requisitos legales exigibles, a las alegaciones que puedan
estimarse en el presente trámite de información pública y a los informes o condicionados que
emitan los organismos consultados.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de aprovechamiento de recursos de la Sección A) y del Plan de Restauración es el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, y
se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El público interesado podrá presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del
plazo citado anteriormente, en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas
al Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera (Unidad Badajoz) de la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible.
Viernes 17 de mayo de 2024
25167
Superficie afectada por la
explotación
3,30 ha
Número de frentes
1
Número de bancos
1
Altura media de banco
1,5 m
Volumen de explotación
48.759 m3
Periodo de explotación
8 años, incluida la restauración.
Infraestructuras, instalaciones y
equipos
1 retroexcavadora y 2 volquetes. No hay instalaciones auxiliares.
Uso final del suelo propuesto tras
la rehabilitación
Uso agrícola.
Instalación de residuos mineros
Ninguna
Propuesta de resolución al Plan de Restauración: A la vista de la documentación aportada,
el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera propone resolución favorable del
plan de restauración presentado, incluido su plan de gestión de residuos, condicionado a la
adaptación de su contenido a los requisitos legales exigibles, a las alegaciones que puedan
estimarse en el presente trámite de información pública y a los informes o condicionados que
emitan los organismos consultados.
El órgano sustantivo competente para resolver sobre la autorización administrativa de aprovechamiento de recursos de la Sección A) y del Plan de Restauración es el Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, de la Dirección General de Industria, Energía y Minas
de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 7.1 del Decreto 233/2023, de 12 de septiembre, por el que se establece
la estructura orgánica de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, y
se modifica el Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
El público interesado podrá presentar sus observaciones, alegaciones y consultas, dentro del
plazo citado anteriormente, en cualquiera de los lugares previstos en la Ley 39/2015, de 1 de
octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, dirigidas
al Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera (Unidad Badajoz) de la Dirección
General de Industria, Energía y Minas de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible.