Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Información Pública. (2024061678)
Resolución de 13 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública en relación con el proyecto de la Orden por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la consolidación de las personas trabajadoras autónomas de Extremadura, a través de una mayor profesionalización de sus negocios.
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NÚMERO 94

24891

Jueves 16 de mayo de 2024

CONSEJERÍA DE ECONOMÍA, EMPLEO Y TRANSFORMACIÓN DIGITAL

RESOLUCIÓN de 13 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que
se acuerda la apertura del período de audiencia e información pública en
relación con el proyecto de la Orden por la que se establecen las bases
reguladoras de las ayudas para la consolidación de las personas trabajadoras
autónomas de Extremadura, a través de una mayor profesionalización de sus
negocios. (2024061678)
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 66.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, así como lo previsto en el artículo 133 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo
Común de las Administraciones Públicas, una vez elaborado el texto del proyecto de la Orden
por la que se establecen las bases reguladoras de las ayudas para la consolidación de las
personas trabajadoras autónomas de Extremadura, a través de una mayor profesionalización
de sus negocios,
RESUELVO:
La apertura de un periodo de audiencia e información pública por un plazo de siete días hábiles contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el Diario
Oficial de Extremadura, con el objeto de que cualquier persona interesada pueda examinar el
texto de la orden indicado y formular las alegaciones y propuestas que estime oportunas por
cualquiera de los medios que a tal efecto determina la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas o a través de la siguiente
dirección de correo electrónico: extremaduraempresa@juntaex.es.
El sometimiento del presente acto al trámite abreviado regulado en el artículo 66.4 de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, viene justificado por la necesidad de ajustar los plazos previstos
para la puesta en marcha de las presentes bases, y su posterior convocatoria, el plazo para la
presentación de solicitudes, valoración de las mismas y pago de las ayudas que se concedan;
dado que el programa de ayudas está financiado con cargo a fondos propios de la Comunidad
Autónoma, los cuales precisan ser ejecutados dentro del vigente ejercicio presupuestario.
El horario y lugar de exposición del proyecto será, durante los días señalados, de 10:00 horas
a 14:00 horas en las dependencias de la Dirección General de Empresa de la Consejería de
Economía, Empleo y Transformación Digital, Paseo de Roma, s/n., Módulo D, primera planta,
de Mérida (Badajoz).