Universidad De Extremadura. Concurso De Méritos. (2024061643)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Gerencia, por la que se convoca concurso de méritos para la provisión de puestos de trabajo vacantes de personal funcionario Técnico, de Gestión y de Administración y Servicios (Subdirecciones y Unidades Técnicas).
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NÚMERO 93

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Miércoles 15 de mayo de 2024

3. E
 l cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen las vacaciones, los permisos o licencias que, en su caso, hayan sido concedidos al interesado, salvo que por causas
justificadas excepcional y debidamente motivadas por el órgano competente, se acuerde
suspender el disfrute de los mismos.
Asimismo, en el caso de que la persona afectada se encuentre en la situación de servicios
especiales, el cómputo de los plazos posesorios se iniciará a partir de la fecha de reingreso
al servicio activo. A todos los efectos, el plazo posesorio se considerará como de servicio
activo en el nuevo puesto, y siempre que no se incumpla por causa imputable al interesado.
Undécima.
1. L
 a publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la resolución del concurso con adjudicación de los puestos, servirá de notificación a los interesados, y, a partir de la misma, empezarán a contarse los plazos establecidos para las actuaciones administrativas
procedentes.
2. C
 on el fin de facilitar la tramitación de cuantos actos administrativos afecten o puedan
afectar a los funcionarios seleccionados, éstos deberán aportar un certificado de servicios
prestados, liquidación de trienios y certificado de baja en nómina.
En la correspondiente baja de haberes deberá expresarse la liquidación de la paga extraordinaria en período de devengo, el grado consolidado, así como las posibles interrupciones
en la prestación de servicios.
Disposición final
Duodécima. Contra la resolución de cada concurso, que agota la vía administrativa, podrá
interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados a partir
del día siguiente al de su publicación, ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora
de la Jurisdicción Contencioso-administrativa.
No obstante, los interesados podrán optar por interponer contra esta resolución recurso de
reposición, en el plazo de un mes, ante el mismo órgano que la dicta, en cuyo caso no cabrá
interponer recurso contencioso-administrativo en tanto recaiga resolución expresa o presunta
del recurso de reposición, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 123 y siguiente de la Ley
39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones
Públicas.
Badajoz, 7 de mayo de 2024.
El Gerente,
JUAN FRANCISCO PANDURO LÓPEZ