Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061601)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz en materia de formación de Policía Local.
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NÚMERO 91
Lunes 13 de mayo de 2024

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Todo esto se desarrollará de acuerdo con sus respectivas competencias, en el marco de la
Ley 7/2017, de 1 de agosto, de Coordinación de Policías Locales de Extremadura, del Decreto
107/2017, de 11 de julio, por el que se regulan los requisitos y el procedimiento para el reconocimiento por la ASPEX de acciones formativas impartidas por otras entidades, de la Orden
de 20 de febrero de 1997, de la Consejería de Presidencia y Trabajo, por la que se aprueba el
Reglamento de Organización, Funcionamiento y de Régimen Interior de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura y del Reglamento de Régimen Interno de la Policía Local de
Badajoz, publicado en el BOP de Badajoz el 23 de enero de 2013.
Segunda. Coste económico del convenio.
El presente convenio no generará ni dará lugar a contraprestación económica alguna entre las
partes firmantes, de manera que los compromisos descritos serán asumidos por cada una de
ellas con sus propios medios. Por ello, en la ejecución de las actuaciones que se derivan de
este convenio, no se prevén costes adicionales para las partes.
Los gastos derivados de las actividades formativas organizadas y planificadas por el Ayto. de
Badajoz, serán asumidos por la misma institución, aunque se podrán llevar a cabo, si así se
solicita, en las instalaciones de la ASPEX.
Por último, aquellos gastos derivados de las personas instructoras necesarias para la impartición de la formación, solicitados por la dirección de la ASPEX para llevar a cabo la instrucción
dentro y fuera de la Academia, serán sufragados por ésta.
Tercera. Actuaciones, obligaciones y compromisos que asumen las partes firmantes.
— Las actuaciones serán las siguientes:
a) Por la ASPEX:


I. La participación en la formación profesional de ingreso, promoción, actualización,
especialización y perfeccionamiento de los miembros del cuerpo de la Policía Local de
Badajoz.



II. La realización de acciones formativas conjuntas, como charlas, coloquios seminarios, jornadas, cursos o cualesquiera otras, propuestas por cualquiera de las partes
a través de sus órganos de representación.



III. A
 decuar en la medida de lo posible y consensuar con la Jefatura de la Policía Local
de Badajoz, el calendario académico de prácticas y el tipo de actividad a desarrollar,
a las previsiones de demanda del servicio de Policía Local de Badajoz.