Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061601)
Resolución de 7 de mayo de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio entre la Consejería de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura y el Excmo. Ayuntamiento de Badajoz en materia de formación de Policía Local.
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Lunes 13 de mayo de 2024

CONVENIO ENTRE LA CONSEJERÍA DE PRESIDENCIA, INTERIOR Y DIÁLOGO
SOCIAL DE LA JUNTA DE EXTREMADURA Y EL EXCMO. AYUNTAMIENTO DE
BADAJOZ EN MATERIA DE FORMACIÓN DE
POLICÍA LOCAL
Mérida, 17 de abril de 2024.
REUNIDOS
De una parte, el Excmo. Sr. D. Abel Bautista Morán, Consejero de Presidencia, Interior y Diálogo Social de la Junta de Extremadura, cargo para el que fue nombrado mediante Decreto de
la Presidenta 17/2023, de 20 de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio de 2023), que interviene
en nombre y representación de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, y en virtud de lo dispuesto en el artículo 53.3 de la Ley 1/2002 de 28 de febrero, del
Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
De otra, el Ilmo. Sr. D. Ignacio Gragera Barrera, Alcalde-Presidente del Excelentísimo Ayuntamiento de Badajoz, nombrado en sesión plenaria de fecha 17 de junio de 2023, en uso de las
atribuciones que le confiere el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, Reguladora de
las Bases del Régimen Local y el artículo 41 del Real Decreto 2568/1986 de 28 de noviembre,
por el que se aprueba el Reglamento de Organización, Funcionamiento y Régimen Jurídico de
las Entidades Locales, y con facultades para este acto.
Ambas partes intervienen en representación y con las facultades que sus respectivos cargos
les confieren, reconociéndose recíprocamente capacidad y legitimación bastante en Derecho
para otorgar y firmar el presente convenio y, a tal efecto,
EXPONEN
Primero. El artículo 9.1 del Estatuto de Autonomía de Extremadura en la redacción dada por
la Ley Orgánica 1/2011, de 28 de enero, de Reforma del Estatuto de Autonomía, atribuye
a la Comunidad Autónoma, en sus apartados 40 y 41, la competencia exclusiva en materia
de vigilancia y protección de sus edificios e instalaciones, así como la coordinación y demás
facultades previstas en la ley orgánica correspondiente en relación con las policías locales.
Mediante el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, se modifican la denominación
y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiéndole, según el artículo 2 de éste, a la Consejería de
Presidencia, Interior y Diálogo Social, las competencias en materia de interior, emergencias y
protección civil, entre otras.