Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Energía Eléctrica. (2024061570)
Resolución de 3 de mayo de 2024, del Servicio de Ordenación Industrial, Energética y Minera, por la que se otorga autorización administrativa previa a i-DE Redes Eléctricas Inteligentes, SAU, de las instalaciones correspondientes al proyecto denominado "Paso a doble circuito y soterramiento del tramo de LAAT de 45 kV de entrada a la STR 4862-"Puente Cuaterno", por compactación de ésta, en los términos municipales de Cuacos de Yuste y Talayuela (Cáceres)". Expte.: AT-9500.
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NÚMERO 91
Lunes 13 de mayo de 2024



Periódico Hoy: 13/07/2023.



Tablón de edictos del Ayuntamiento de Cuacos de Yuste: 02/06/2023.



Tablón de edictos del Ayuntamiento de Talayuela: 06/06/2023.

24057

— Información a otras Administraciones Públicas y empresas de servicio público o de interés general, para que establecieran los condicionados técnicos correspondientes.
— El órgano competente en materia de medio ambiente ha tramitado el correspondiente
expediente bajo la referencia IA22/0242.
Tercero. Respecto a las actuaciones indicadas en el apartado anterior debe hacerse constar
lo siguiente:
— Durante el trámite de información pública no han sido presentadas alegaciones.
— La Empresa ha manifestado su aceptación de los condicionados recogidos en los pronunciamientos e informes emitidos por las Administraciones Públicas y empresas de servicio
público o de interés general.
— La Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y
Desarrollo Sostenible, como órgano competente en materia de evaluación ambiental,
emitió con fecha 18 de abril de 2024 informe favorable de afección a la Red Natura
2000 y sobre la diversidad, ya que dicha actividad no es susceptible de afectar de forma
apreciable a los lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las
medidas incluidas en el informe.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
Primero. Conforme a lo dispuesto en el artículo 9.1.37 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la redacción dada por la Ley Orgánica 1/2011, de 28
de enero, la misma posee la competencia exclusiva en materia de instalaciones de producción, almacenamiento, distribución y transporte de energías de cualquier tipo en su territorio,
correspondiéndole la función legislativa, la potestad reglamentaria y, en ejercicio de la función
ejecutiva, la adopción de cuantas medidas, decisiones y actos procedan. Esta función ejecutiva es realizada por la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, según
lo dispuesto en el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 140, de 21 de julio), correspondiendo
el ejercicio de dichas atribuciones a la Dirección General de Industria, Energía y Minas, con
arreglo a las referencias competenciales recogidas en el Decreto 77/2023, de 21 de julio,