Ayuntamiento De Casas Del Castañar. Normas Subsidiarias. (2024080713)
Anuncio de 3 de mayo de 2024 sobre aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 4-2021 de las Normas Subsidiarias de Planeamiento Municipal.
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Lunes 13 de mayo de 2024

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al ser de competencia municipal su aprobación definitiva, de acuerdo con el reparto de competencias establecido en el artículo 58 de la LOTUS, que le atribuye al municipio la aprobación
definitiva de la ordenación detallada del planeamiento urbanístico municipal, así como la gestión y ejecución de la unidad de actuación, en línea con el artículo 25.2.a de la Ley 7/1985,
de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local.
Con fecha 1 de abril de 2024 se recibe Resolución 4/2024 de la Dirección General de Urbanismo y Ordenación del territorio de Extremadura, emitiendo informe favorable previa a la
aprobación definitiva.
Sometido el asunto a votación, y visto que la aprobación corresponde al Pleno de la Corporación conforme a lo dispuesto en los artículos 49.4.p) de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre,
de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura y 22.2.c) y 47.2.ll) de la Ley
7/1985, de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local, el Pleno , por unanimidad
acuerda:
Primero. Aprobar definitivamente la modificación puntual n.º 4-2021 de las Normas Subsidiarias de la Unidad de Actuación 5, consistente en adaptar a la realidad las alineaciones reales
y los usos del suelo dentro de ámbito de la UA-5, reclasificándolo a suelo urbano consolidado.
Segundo. Depositar un ejemplar completo de la modificación de las Normas Subsidiarias en
el Registro Administrativo de los Instrumentos de Planeamiento Urbanístico, con anterioridad
a la publicación del acuerdo por el que se aprueba definitivamente dicha modificación y a los
efectos de garantizar la publicidad de su contenido, y el derecho a su consulta por los administrados.
Tercero. Publicar el presente acuerdo en el Diario Oficial de Extremadura y sede electrónica
del Ayuntamiento
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, puede interponer alternativamente recurso potestativo de reposición ante el Pleno de este Ayuntamiento, en el plazo
de un mes a contar desde el día siguiente al de la publicación del presente anuncio, de conformidad con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas; o bien interponer directamente recurso
contencioso-administrativo, en el plazo de dos meses, a contar desde el día siguiente al de la
publicación del presente anuncio, de conformidad con el artículo 46 de la Ley 29/1998, de 13
de julio, de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. Si se optara por interponer el recurso
de reposición potestativo no podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que
aquel sea resuelto expresamente o se haya producido su desestimación por silencio. Todo