Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024061555)
Resolución de 3 de mayo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se convoca el procedimiento de acreditación de la competencia digital docente a través de la evaluación de la observación del desempeño de los niveles B1 y B2.
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Viernes 10 de mayo de 2024

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En este contexto, el artículo 83.2 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección
de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, dispone que “el profesorado recibirá
las competencias digitales y la formación necesaria para la enseñanza y transmisión de los
valores y derechos” recogido en el apartado 1 del citado artículo.
En este sentido, la Ley Orgánica 8/2021, de 4 de junio, de protección integral a la infancia y
la adolescencia frente a la violencia, en su artículo 33 de formación en materia de derechos,
seguridad y responsabilidad digital, establece que “las administraciones públicas garantizarán
la plena inserción del alumnado en la sociedad digital y el aprendizaje de un uso de los medios
digitales que sea seguro y respetuoso con la dignidad humana, los valores constitucionales,
los derechos fundamentales y, particularmente con el respeto y la garantía de la intimidad
personal y familiar y la protección de datos personales, conforme a lo previsto en el artículo
83 de la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales. Específicamente, las administraciones públicas promoverán
dentro de todas las etapas formativas el uso adecuado de internet”.
Asimismo, la Conferencia Sectorial de Educación, en la reunión celebrada el 23 de junio de
2022, llegó al Acuerdo sobre la certificación, acreditación y reconocimiento de la competencia
digital docente, publicado en el BOE el 12 de julio por Resolución de 1 de julio de 2022 de la
Dirección General de Evaluación y Cooperación Territorial.
Amparándose en el punto sexto de dicha resolución, en la Comunidad Autónoma de Extremadura, la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, mediante la Resolución de 4 de diciembre de 2023, de la Consejera (DOE núm. 236, de
12 de diciembre), establece el procedimiento, los requisitos y las vías previstas para la certificación, acreditación y reconocimiento de la competencia digital docente en la Comunidad de
Extremadura, así como los efectos y registro de dicha acreditación competencial.
La acreditación de la competencia digital docente se podrá efectuar por una de las siguientes modalidades descritas en el resuelvo decimosexto de la citada resolución y que parten
de la Resolución de 1 de julio de 2022, de la Dirección General de Evaluación y Cooperación
Territorial, por la que se publica el Acuerdo de la Conferencia Sectorial de Educación sobre la
certificación, acreditación y reconocimiento de la competencia digital docente.
Ese resuelvo decimosexto establece como una de las vías de acreditación la superación de una
evaluación del nivel B1 y/o B2 del MRCDD vigente, a través de la observación del desempeño,
siguiendo una guía de evaluación pública que determine la Administración en el ámbito de sus
competencias. Dicha guía de evaluación será publicada en el Portal de Formación del Profesorado de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.