Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Digitalización. Subvenciones. (2024040059)
Extracto del Decreto 37/2024, de 23 de abril, por el que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la ejecución de diversas acciones de refuerzo de la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos y otras áreas de alta concentración empresarial en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y se aprueba la primera convocatoria.
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NÚMERO 90

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Viernes 10 de mayo de 2024

Cuarto. Intensidad máxima de las ayudas y cuantía máxima.
1. S
 e entiende por intensidad de ayuda el importe bruto de la ayuda expresado en porcentaje
de los costes subvencionables del proyecto.
La intensidad máxima de la ayuda será del 80 por ciento del coste de todos los conceptos
subvencionables.
2. S
 e definen tres zonas geográficas de actuación con las siguientes cuantías máximas
asignadas:
— Zona Cáceres: 105.000 €.
— Zona Badajoz 1: 1.567.400,00 €.
— Zona Badajoz 2: 1.708.029,00 €.
3. E
 l importe de la convocatoria asciende a tres millones trescientos ochenta mil cuatrocientos veintinueve euros (3.380.429,00 €), con cargo a la aplicación presupuestaria
140070000/332A/77000, código fondo MR05C15I02, inversión C15.I2 “Acciones de refuerzo de conectividad en centros de referencia, motores socioeconómicos y proyectos
tractores de digitalización sectorial”, de la componente 15 “Componente digital, impulso a
la ciberseguridad y despliegue del 5G”, proyecto de gasto 20220217, “Ayudas refuerzo de
la conectividad en polígonos industriales y centros logísticos”, previsto en los Presupuestos
Generales de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el ejercicio 2024.
El crédito asignado para la anualidad de 2024 será 3.380.429,00 €.
Quinto. Plazo y presentación de Solicitudes.
1. E
 l plazo de presentación de las solicitudes será de 1 mes, a partir del día siguiente al de la
publicación de la convocatoria junto con su extracto, en el Diario Oficial de Extremadura,
(DOE) (http://doe.juntaex.es/), de conformidad con lo previsto en el artículo 16.q) de la
Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
2. L
 a solicitud se dirigirá a la Dirección General de Digitalización Regional, se ajustará al modelo normalizado del anexo I destinado al efecto que acompañará la convocatoria y estará
disponible en el punto de acceso general electrónico de los servicios y trámites
https://www.juntaex.es en el apartado de “Solicitud y anexos del trámite”.
Mérida, 26 de abril de 2024.
El Secretario General,
JUAN ANDRÉS MORENO MARTÍN
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