Universidad De Extremadura. Planificación Docente. (2024061547)
Resolución de 2 de mayo de 2024, del Rector, por la que se ejecuta el Acuerdo adoptado por el Consejo de Gobierno por el que se aprueba la Normativa para el reparto y asignación de la docencia en la Universidad de Extremadura y se ordena su publicación en el Diario Oficial de Extremadura.
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NÚMERO 88
Miércoles 8 de mayo de 2024

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3. E
 sta docencia no quedará reflejada en la aplicación del POD del departamento, si bien,
se añadirá en las asignaturas correspondientes con 0 créditos.
4. C
 orresponderá al departamento el seguimiento y certificación de esta docencia tutelada
con el visto bueno del Vicerrectorado de Profesorado. La docencia tutelada no conlleva
la realización de tutorías de asistencia al alumnado. Este personal no podrá sustituir al
profesor o profesora responsable.
5. El personal investigador con este tipo de docencia no se someterá, en ningún caso, a
evaluaciones docentes.
6. El personal que realice docencia tutelada no será responsable de la evaluación de la
asignatura y, por lo tanto, no podrá firmar las actas.
7. Quien tutorice o sea responsable de esta docencia tutelada será cualquier PDI del área
de conocimiento a la que pertenezca la investigadora o investigador tutor que formalizó
la solicitud del proyecto del que depende esta ayuda.
8. Además, este personal no podrá impartir cursos de formación permanente ni cursos del
SOFD. Podrá participar en grupos y proyectos de innovación docente únicamente como
colaborador bajo la tutela de algún miembro del grupo de innovación docente al que
pertenezca quien tutorice (ver punto 5 de este artículo).
9. N
 o podrán participar en el Plan de Acción Tutorial.
10. Este personal sí podrá participar en actividades de divulgación científica y asistir a
actividades formativas de carácter docente universitario.
3. Venia docendi para contratos predoctorales FPU (MCIU); FPI (MCIU); FPI (JEx); contratos
de fundaciones y ayudas Margarita Salas.
Este personal investigador:
1. P
 odrá impartir docencia tutelada de carácter práctico recogida en la ficha 12a como
prácticas clínicas hospitalarias (PCH); prácticas laboratorio o campo (LAB); prácticas
sala ordenador o laboratorio de idiomas (ORD) o clases problemas o seminarios o casos
prácticos (SEM), en asignaturas de grado y hasta un máximo de 60h anuales a partir
del segundo año de contrato.
2. Podrán codirigir TFG directamente relacionados con su proyecto de investigación hasta
un máximo de 2 por curso académico.