Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Consumo. Subvenciones. (2024061502)
Extracto de la Resolución de 9 de abril de 2024 por la que se aprueba la convocatoria de tres becas de especialización, formación y perfeccionamiento de personal de investigación en diversos ámbitos de protección de los consumidores en Extremadura para el año 2024/2025.
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NÚMERO 88
Miércoles 8 de mayo de 2024

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EXTRACTO de la Resolución de 9 de abril de 2024 por la que se aprueba la
convocatoria de tres becas de especialización, formación y perfeccionamiento
de personal de investigación en diversos ámbitos de protección de los
consumidores en Extremadura para el año 2024/2025. (2024061502)
BDNS(Identif.):757886
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de
noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto
completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones
(http://www.pap.minhap.gob.es/bdnstrans/index) y en el presente DOE.
Primero. Objeto de la convocatoria.
La Resolución tiene por objeto la convocatoria de tres becas de investigación para el ejercicio
2024/2025 destinadas a la formación de postgraduados universitarios Licenciado en Derecho
o Grado equivalente, para el estudio del ejercicio de la potestad sancionadora en el ámbito
del consumo (aplicación de las normas sectoriales y de procedimiento administrativo común
y la interpretación de estas por la doctrina y por la jurisprudencia, estudio de expedientes,
incidencias más habituales, eficacia de la aplicación de las sanciones, reparación de los daños
ocasionados a los consumidores, recursos, litigiosidad…)
El procedimiento de concesión es el de concurrencia competitiva con convocatoria pública
periódica.
Segundo. Beneficiarios.
Personas mayores de edad que reúnan en la fecha de finalización del plazo de presentación
de solicitudes los siguientes requisitos:
a) Ser español o nacional de un Estado miembro de la Unión Europea o nacional de aquellos
Estados a los que, en virtud de Tratados Internacionales celebrados por la Comunidad
Europea y ratificados por España, sea de aplicación la libre circulación de trabajadores
en los términos en que ésta se halle definida en el Tratado Constitutivo de la Comunidad
Europea. También podrán participar el cónyuge de los españoles y de los nacionales
de otros Estados miembros de la Unión Europea, siempre que no estén separados de
derecho y sus descendientes y los de su cónyuge siempre que no estén separados de
derecho, sean menores de veintiún años o mayores de dicha edad dependientes.
b) Estar en posesión de la titulación Licenciado en Derecho o Grado equivalente.
c) Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño del normal desarrollo de los
trabajos.