Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061508)
Resolución de 29 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio de Colaboración entre la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible, la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural y la Federación Extremeña de Caza (FEDEXCAZA) en materia de formación cinegética que redunde en un ejercicio de la caza medioambiental, económica y socialmente responsable. Exp. n.º: 2432999FR002.
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NÚMERO 87
Martes 7 de mayo de 2024

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— Una fase primera, de estudio de las necesidades formativas del sector y programación
de las actividades formativas a desarrollar.
— Una fase segunda, de ejecución de las actividades formativas planificadas en la fase
primera.
Segunda. Vigencia del convenio.
El plazo de vigencia se extenderá desde el momento de la firma hasta el 31 de octubre de
2025, salvo que las partes prorroguen la duración del mismo de forma justificada a través de
acuerdo expreso y formalizado en documento escrito, que deberán adjuntar a este convenio.
En el supuesto en el que las partes intervinientes firmaran el convenio en días distintos, se
tomará como fecha del convenio aquella que sea posterior en el tiempo.
Tercera. Compromiso de las partes.
La Federación Extremeña de Caza.
a) Se compromete a consensuar con el Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura, de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural, en el plazo de un mes desde la entrada en vigor
del presente convenio, así como en el primer trimestre del 2025, un estudio/informe de
la situación del sector cinegético y sus necesidades formativas y a presentar dicho estudio al Servicio de Formación del Medio Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería
y Desarrollo Sostenible.
b) Elaborar conjuntamente con el Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura, de la Consejería
de Gestión Forestal y Mundo Rural y el Servicio de Formación del Medio Rural de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible una propuesta de cursos y de
jornadas técnicas a realizar en cada año natural.
La propuesta formativa irá acompañada de un desglose de las unidades didácticas y
prácticas que comportan cada una de las acciones formativas.
c) Deberá realizar en cada año natural ocho acciones formativas de entre las incluidas en
el plan previamente presentado. Dichas acciones formativas consistirán en:


— Dos cursos básicos de formación online con una duración de 20 horas y número
máximo de 50 alumnos.



— Dos cursos cualificados de formación online con una duración de 30 horas y número
máximo de 50 alumnos.