Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Economía Social. Subvenciones. (2024061474)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Secretaría General, de convocatoria de los Programas I y II de subvenciones para el Plan de impulso de las entidades de economía social de Extremadura para el ejercicio 2024.
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NÚMERO 87

23401

Martes 7 de mayo de 2024

Consejería de
Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible

JUNTA DE EXTREMADURA

Dirección General de Cooperativas y Economía Social
Avda. Luis Ramallo, s/n
06800 MÉRIDA



AUTORIZO EXPRESAMENTE a que se compruebe que la entidad solicitante se halla
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias y fiscales con la Agencia
Estatal de la Administración Tributaria.



AUTORIZO EXPRESAMENTE a que se compruebe que la entidad solicitante se halla
al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones frente a la Seguridad Social.



AUTORIZO EXPRESAMENTE a que se compruebe que la entidad solicitante no
mantiene ninguna deuda con la Hacienda de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
ME OPONGO a que se compruebe que la entidad solicitante se encuentra inscrita y no
disuelta, así como su objeto y domicilio social en el siguiente Registro:



 Registro de Cooperativas de Extremadura.
 Registro de Sociedades Laborales de Extremadura.
 Registro de Centros Especiales de Empleo de Extremadura.
 Registro de Empresas de Inserción de Extremadura.
DOCUMENTACIÓN QUE ACOMPAÑA



Certificación del Registro competente de los señalados en el artículo 3 de las bases
reguladoras relativo a que la entidad solicitante se encuentra inscrita y no disuelta, así
como su objeto y domicilio social (en el caso de haber marcado la oposición expresa a
su consulta por el órgano gestor).
PARA TODAS LAS SOLICITANTES





Certificación de inscripción en el Registro Mercantil que acredite que la entidad
se encuentra inscrita y no disuelta, así como el objeto y el domicilio social.
PARA LAS SOCIEDADES LABORALES
Certificación de estar al corriente con la Agencia Estatal de la Administración
Tributaria, en el que caso de que la persona interesada no autorice expresamente en
la solicitud de la subvención para que el órgano gestor lo recabe de oficio, de
conformidad con el artículo 94.1,k) de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General
Tributaria.
PARA TODAS LAS SOLICITANTES



Certificación de estar al corriente con la Tesorería General de la Seguridad Social y
con la Hacienda Autonómica (en el caso de que la interesada no autorice
expresamente su consulta por el órgano gestor).
PARA TODAS LAS SOLICITANTES



Presupuestos, facturas proforma o facturas de los bienes o servicios incluidos en el
Plan de Impulso.
PARA LAS SOLICITANTES DE PROGRAMAS I y II