Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024050083)
Orden de 30 de abril de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras para la ejecución de actuaciones orientadas al desarrollo y mejora de las capacidades científicas y tecnológicas de los Grupos de Investigación de Extremadura pertenecientes al Sistema Extremeño de Ciencia, Tecnología e Innovación.
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NÚMERO 87
Martes 7 de mayo de 2024

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1.4. Asistencia a reuniones científicas: Documento de valor probatorio suficiente (acta
firmada por los asistentes o equivalente) de la reunión que refleje los temas desarrollados
y los acuerdos alcanzados. En el caso que la reunión tenga como finalidad la preparación
y presentación de proyectos europeos o nacionales adjuntar, además, documentación que
acredite la presentación del proyecto a la convocatoria correspondiente (solicitud o documento de valor probatorio equivalente) donde figuren los datos y el equipo investigador
del proyecto.
1.5. Trabajo de campo u otros desplazamientos necesarios para el desarrollo de las actividades de I+D+I del grupo de investigación: memoria justificativa que refleje los trabajos
desarrollados, firmado por la persona que realiza la actividad.
En todas las actividades de movilidad (1.2, 1.3, 1.4 y 1.5), y en el caso que se realicen
gastos de dietas o desplazamiento tras la finalización de la actividad, se adjuntará además
un informe de necesidad, firmado por el organismo responsable, que justifique la duración
del viaje de acuerdo a la actividad realizada.
1.6. Estancias temporales del personal investigador invitado en los centros de I+D+I de
la Comunidad Autónoma de Extremadura: copia del documento/carta del centro receptor
en la que se constate la estancia, el período de la misma y el tema abordado, firmado por
la persona responsable del centro, y una memoria de las actuaciones de I+D+I realizadas
por el investigador o la investigadora visitante con el grupo.
1.7. Adquisición de equipamiento científico inventariable y libros científicos: reportaje fotográfico donde se refleje la ubicación de éste y la identificación de las entidades que
financian la ayuda. Además, en ambos casos, se deberá presentar una breve memoria
que justifique la necesidad del material adquirido en relación con las actividades de I+D+I
desarrolladas por el Grupo.
En ambos casos la documentación justificativa del gasto deberá estar acompañada por su
correspondiente alta donde conste el número de inventario y/o referencia bibliográfica.
1.8. Registro y mantenimiento de patentes: copia de los documentos oficiales de registro
y mantenimiento de la patente.
1.9. Edición y traducción de publicaciones científicas: Se presentará copia de la portada y
contraportada del libro editado y de las páginas que reflejen los autores, editores, créditos
del libro (editorial, ISBN...), índice, año de publicación y publicidad de las entidades financiadoras de la ayuda.
En el caso de los artículos publicados, deberá presentarse una copia de la primera y última
página. Si no constara en ellas la información relativa al número o volumen o cualquier