Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0039)
Acuerdo de 28 de septiembre de 2023, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, de aprobación definitiva de la modificación puntual n.º 7 del Plan General Municipal de Aldeanueva del Camino que afecta a las alineaciones del camino de "La Laguna". También se cambia la calificación asignada a parcelas colindantes al camino y se alteran algunos parámetros de las ordenanzas "Manzana cerrada con patio de parcela - MPP" y "Vivienda unifamiliar aislada o pareada - VAP".
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NÚMERO 86
Lunes 6 de mayo de 2024

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OBSERVACIONES
Las edificaciones deberán disponer la fachada en la alineación exterior, prohibiéndose los retranqueos
en fachada, de no ser que se disponga un cerramiento de parcela de altura mínima 3m o “falsa fachada” que cumpla todas las especificaciones indicadas para las fachadas en la ordenanza D. En este
caso, el espacio entre esta falsa fachada y la edificación deberá cumplir las especificaciones de los
patios interiores.
Deberá preverse una plaza de aparcamiento en planta baja por vivienda o cada 100 m2 construidos en
el interior de la parcela, siempre que la configuración física de la misma lo permita.
Quedan prohibidos los sótanos en el ámbito de esta ordenanza. Se permiten los semisótanos.

CONDICIONES ESTÉTICAS
CONDICIONES ESTÉTICAS PARA MTC, MPP Y DC
Antes de consultar las ordenanzas estéticas, véase Catálogo de Protección del Centro Histórico por si
la parcela contara con algún grado de protección. En todos los casos, además de los apartados 5.6
(condiciones de volumen-conceptos) y 5.7 (condiciones estéticas generales), serán de aplicación las
ordenanzas estéticas A,B,C o D, según se trate de:
Parcelas con elementos catalogados que figuren con PROTECCIÓN MONUMENTAL en el Catálogo de
Protección del Centro Histórico, que deberán cumplir la ordenanza A.
Parcelas con elementos catalogados que figuren con PROTECCIÓN ESTRUCTURAL en el Catálogo de
Protección del Centro Histórico, que deberán cumplir la ordenanza B.
Parcelas que se incluyan en la zona de PROTECCIÓN AMBIENTAL, grafiada en el plano de zonas de
ordenanza (serie OU-6), que deberán cumplir la ordenanza C.
Resto de parcelas, que deberán cumplir la ordenanza D