Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. (2024061475)
Resolución de 25 de abril de 2024, de la Dirección General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, por la que se adoptan los principios del mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola europea (Streptotelia turtur) en cotos de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Viernes 3 de mayo de 2024

ampliando datos necesarios para evaluar las condiciones de recuperación de la población de
tórtola y el establecimiento posterior de cupos de caza ligado a modelos de caza adaptativa
en los cotos participantes en este modelo de gestión, cuyas pautas para llevar a cabo vienen
publicadas en dos guías en la página web http://extremambiente.juntaex.es.
Por todo ello, y en virtud de la habilitación concedida en la disposición final primera de la
Orden de 22 de julio de 2022 General de Vedas de Caza para la temporada 2022/2023, de
la Comunidad Autónoma de Extremadura, publicada en el DOE de 25 de julio de 2022, esta
Dirección General,
RESUELVE:
Primero. Abrir el plazo de presentación, que será de 10 días hábiles contados a partir del día
siguiente a la publicación en el Diario Oficial de Extremadura de la presente resolución, para
poder inscribirse en el Inventario de Cotos participantes en el Plan de Caza Adaptativa de la
Tórtola y que deseen implementar el mecanismo de gestión adaptativa de la tórtola, según se
describe en los puntos siguientes:
1. La inscripción se llevará a cabo cumplimentando el formulario que constituye el anexo I de
esta resolución y remitiéndolo al mail: cazaypesca@juntaex.es. Éste también podrá descargarse en la página web: http://extremambiente.juntaex.es (solicitud_inventario_cotos.pdf).
2. L
 os cotos inscritos en dicho inventario se comprometen a realizar censos de tórtolas mediante
recorridos a pie de observación y escucha, durante los meses de mayo y junio siguiendo las
indicaciones del díptico publicado para tal fin en la web http://extremambiente.juntaex.es.
El

censo

vatorio

se

realizará

Cinegético,

a

través

mediante

de

su

la

aplicación

descarga

en

Censdata
el

del

siguiente

Obserenlace

https://play.google.com/store/apps/details?id=com.censodata.com, o a través de la página web http://observatoriocinegetico.org/.
De forma complementaria y opcional, los cotos podrán realizar censos de tórtolas en zonas
de alimentación.
3. P
 ara favorecer la recuperación de la tórtola, los cotos inscritos deberán justificar la realización de medidas de gestión del hábitat. Para ello deberán llevar a cabo al menos dos de
las cuatro medidas siguientes, reflejando polígono y parcela o geolocalizando los puntos en
los que se realice:
a) Mantenimiento de la siembra existente, cuando sea el caso, en al menos una hectárea
de cereal (trigo), leguminosa (veza), oleaginosa (girasol) o mezcla de estas especies,
evitando su cosechado hasta el 1 de septiembre así como la utilización de fitosanitarios.