Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Enseñanzas Artísticas. Pruebas De Acceso. (2024061439)
Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General de Educación y Formación Profesional, por la que se convocan el acceso y el proceso de admisión y matriculación en las enseñanzas artísticas superiores de Grado de Música, Arte Dramático y Diseño para el curso 2024-2025.
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Jueves 2 de mayo de 2024

el día y hora que la Comisión Evaluadora determine, y que se harán públicas con suficiente
antelación en la página web y en el tablón de anuncios de cada centro.
Cuarto. Certificación acreditativa de superación de las pruebas.
De acuerdo con el artículo 10.3 de la Orden de 9 de mayo de 2013, las respectivas Comisiones Evaluadoras entregarán a quienes superen las correspondientes pruebas un documento
acreditativo, de acuerdo con los anexos III y IV de la presente resolución, según se trate de
la primera parte de la prueba, para los alumnos que no reúnen los requisitos académicos
(prueba de madurez), o de la prueba de acceso específica.
Quinto. Matriculación.
Los aspirantes admitidos en la correspondiente convocatoria formalizarán su matrícula, conforme al modelo que les facilitará la Secretaría de cada centro, durante el mes de julio o en
la segunda quincena de septiembre, en el plazo que cada centro determine con la antelación
y publicidad suficientes. Decaerá el derecho a la plaza obtenida si la persona interesada no
formalizara la matrícula en los plazos establecidos por el centro educativo.
El alumnado que vaya a realizar un curso superior a primero formalizará su matrícula una vez
finalizada la evaluación de junio o septiembre, según proceda, en los plazos que en cada caso
fije el centro, con antelación y publicidad suficientes.
Disposición final. Eficacia y recursos.
1. L
 a presente resolución producirá efectos a partir del día siguiente a su publicación en el
Diario Oficial de Extremadura.
2. C
 ontra la presente resolución, que no pone fin a la vía administrativa, las personas interesadas podrán interponer recurso de alzada ante el órgano que la dicta o ante la persona
titular de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional en el plazo de un
mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la presente resolución en el
Diario Oficial de Extremadura, de conformidad con el artículo 121 y 122 de la Ley 39/2015,
de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas,
y el artículo 101 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura. Todo ello sin perjuicio de ejercitar, en su caso,
cualquier otro recurso que estime procedente.
Mérida, 22 de abril de 2024.
La Secretaria General de Educación y
Formación Profesional,
MARÍA DEL PILAR PERÉZ GARCÍA