Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061441)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de una fábrica de tratamiento de nueces, promovida por Agrícola Moratalla, SL, en el término municipal de Tejeda de Tiétar.
30 páginas totales
Página
NÚMERO 83
Martes 30 de abril de 2024



22679

— Sistema de control de fugas mediante red de recogida de filtraciones canalizadas a
una arqueta de detección de fugas, ubicada en el punto más bajo del terreno.



— Cerramiento perimetral.

8. L
 as operaciones de limpieza de las balsas se realizarán con la frecuencia necesaria a fin
de evitar la generación de malos olores y mediante procedimientos que no deterioren las
características resistentes e impermeables de las mismas. Estas operaciones de limpieza se
aprovecharán para la comprobación y mantenimiento del correcto estado de esta infraestructura de almacenamiento.
9. E
 l titular de la instalación industrial deberá evitar la entrada de restos orgánicos al sistema
de desagüe. A tal efecto, los desagües de la red de saneamiento de aguas residuales del
proceso productivo dispondrán de rejillas para la retención de los sólidos.
10. S
 e realizarán limpieza en seco antes de realizar la misma con agua a presión, con el fin
de disminuir el consumo de agua.
11. Q
 ueda prohibido, con carácter general, el vertido directo o indirecto de aguas y productos
residuales susceptibles de contaminar las aguas continentales o cualquier otro elemento
del dominio público hidráulico, salvo que cuente con la previa autorización administrativa
del organismo de cuenca.
12. E
 n caso de vertido de la fracción b), tras la evaluación de la necesidad de su tratamiento,
será imprescindible la instalación de una arqueta final de registro para el correcto control
y toma de muestras de los vertidos. Esta arqueta, estará distante aproximadamente a un
metro por el límite exterior de la propiedad, salvo que el límite de propiedad esté a una
distancia tal que desaconseje esta actuación. Las dimensiones mínimas de dichas arquetas permitirán la toma de muestras desde el exterior de las instalaciones por parte de los
inspectores ambientales.
13. L
 os cubetos de retención de fugas de los diferentes depósitos deberán ser estancos e impermeables y cumplir con la normativa de ordenación industrial. En ningún caso deberá
tener conexión a red de saneamiento alguna.
d) Medidas de protección y control de la contaminación de suelos.
1. D
 eberá mantener las instalaciones y equipos en condiciones óptimas, que eviten su deterioro y la generación de vertidos que puedan constituir riesgo para la contaminación del
suelo. Igualmente, se atenderá a lo dispuesto en el Real Decreto 656/2017, de 23 de junio,
por el que se aprueba el Reglamento de Almacenamiento de Productos Químicos y sus