Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Autorización Ambiental. (2024061441)
Resolución de 23 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se otorga la autorización ambiental unificada del proyecto de una fábrica de tratamiento de nueces, promovida por Agrícola Moratalla, SL, en el término municipal de Tejeda de Tiétar.
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NÚMERO 83

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Martes 30 de abril de 2024

ANEXO III
INFORME DE IMPACTO AMBIENTAL
N/Ref.: JLMC/VAV.
N.º Expte.: IA23/0314.
Actividad: Fábrica de tratamiento de nueces.
Finca/paraje/lugar: Parcela 90 del polígono 12.
Término municipal: Tejeda de Tiétar (Cáceres).
Promotor/Titular: Agrícola Moratalla, SL.
Es órgano competente para la resolución de la autorización ambiental unificada del proyecto
la Dirección General de Sostenibilidad de la Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo
Sostenible de conformidad con lo dispuesto en el artículo 14.6 del Decreto 77/2023, de 21 de
julio, por el que se establece la estructura orgánica básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Visto el informe técnico y en virtud de las competencias que me confiere el artículo 83 de la
Ley 16/2015, de 23 de abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se informa favorablemente, a los solos efectos ambientales, la viabilidad de la ejecución
del proyecto denominado Fábrica de tratamiento de nueces, a ejecutar en el término municipal de Tejeda de Tiétar (Cáceres), cuya promotora es Agrícola Moratalla, SL, con sujeción a
las medidas preventivas y correctoras contenidas en el presente informe.
El proyecto consiste en una fábrica de tratamiento de nueces. La capacidad de producción de
la fábrica es de 21,5 t/d. El proceso productivo consta de las siguientes etapas: recep­ción y
clasificación, separación de piel; secado, y clasificación.
La instalación se proyecta en la parcela 90 del polígono 12 del término municipal de Tejeda de
Tiétar (Cáceres). Las coordenadas UTM USO 29 son X: 765732.12 Y: 4427639.56.
La actividad está incluida en el anexo VI, Grupo 6 apartado g) de la Ley 16/2015, de 23 de
abril, de protección ambiental de la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE n.º 81, de
29 de abril de 2015), por lo que este proyecto está sometido al procedimiento de evaluación
de impacto ambiental abreviada.