Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061426)
Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad a la Adenda de modificación del Convenio Interadministrativo entre la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes de la Junta de Extremadura, la Excma. Diputación Provincial de Badajoz y la Excma. Diputación Provincial de Cáceres para el desarrollo del Programa de Dinamización Deportiva 2022-2025 (VIII fase).
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NÚMERO 82

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Lunes 29 de abril de 2024

Tabla 4. Actualización de aportaciones de las partes para la contratación de Dinamizadores
Deportivos.
Financiación

2022

2023

2024

2025

TOTAL

2.604.840

2.604.840

2.239.344,12

2.239.344,12

9.688.368,24

Diputación
Badajoz

808.542

808.542

695.092,13

695.092,13

3.007.268,26

Diputación
Cáceres

597.618

597.618

513.763,75

513.763,75

2.222.763,50

4.011.000

4.011.000

3.448.200

3.448.200

14.918.400

Junta de
Extremadura

TOTAL

Tabla 5. Aportaciones totales de las partes (incluye fondos para la contratación de dinamizadores deportivos y para la contratación del Coordinador General del Programa).
2022

2023

2024

2025

TOTAL

%

2.631.840

2.631.840

2.266.344,12

2.266.344,12

9.796.368,24

64,89%

Diputación
Badajoz

818.892

818.892

705.442,13

705.442,13

3.048.668,26

20,19%

Diputación
Cáceres

605.268

605.268

521.413,75

521.413,75

2.253.363,50

14,92%

4.056.000

4.056.000

3.493.200

3.493.200

15.098.400

100%

Junta de
Extremadura

TOTAL

Séptimo. Reunida la Comisión del Seguimiento del convenio interadministrativo el 12 de
septiembre de 2023, en el ejercicio de las funciones que le otorga la cláusula séptima, se
aprueba por unanimidad proponer a las partes la modificación del convenio, minorando las
aportaciones iniciales previstas para las anualidades 2024 y 2025 por las nuevas cantidades
que figuran en la tabla 5 del anterior apartado expositivo, a efectos de no comprometer fondos que pudieran ser utilizados para otras necesidades y para facilitar la liquidación final de
cada una de estas anualidades.
En virtud de cuanto antecede, las partes intervinientes, en la representación que ostentan
y reconociéndose plena capacidad, al amparo de lo dispuesto en el artículo 47.1 de la Ley
40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y en la cláusula séptima del
mencionado convenio acuerdan suscribir la presente adenda al convenio interadministrativo,
con arreglo a las siguientes