Consejería De Gestión Forestal Y Mundo Rural. Caza. Ayudas. (2024061410)
Resolución de 19 de abril de 2024, del Consejero, por la que se actualiza el límite del gasto máximo subvencionable por mes y contrato, en las subvenciones para contratación de personal para la realización de tareas de vigilancia y gestión de la caza, que se otorguen conforme al Decreto 137/2017, de 5 de septiembre, por el que se establecen las bases reguladoras de las ayudas a cotos de caza que realicen actuaciones de conservación, fomento y mejora de los recursos cinegéticos.
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NÚMERO 82
Lunes 29 de abril de 2024

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b) Actuaciones en beneficio de la caza mayor:


1.º C
 ontratación de personal para la realización de tareas de vigilancia y gestión de la
caza.



2.º Siembras.



3.º Construcción de puntos de agua.



4.º Comederos selectivos de jabalí.



5.º Corrector vitamínico para especies de caza mayor.



6.º Instalación de elementos de anclaje en cerramientos cinegéticos”.

Luego, en desarrollo de esta disposición, en el anexo del decreto se detalla la descripción
técnica de estas actuaciones, reflejando las características que deberán de reunir para que finalmente puedan ser objeto de las subvenciones previstas. En concreto, en cuanto interesa a
este acto, el punto 1 se refiere a la actividad consistente en la “Contratación de personal para
la realización de tareas de vigilancia y gestión de la caza”, y entre otros conceptos determina
que “El gasto máximo subvencionable por mes y contrato, incluyendo la cuota empresarial a
la Seguridad Social, será de 1.203,63 euros”.
En relación con ese aspecto, con fecha 17 de abril de 2024 el Director General de Gestión Forestal, Caza y Pesca, ha elevado una propuesta para que, a la vista de un informe del Jefe del
Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura adscrito a dicho órgano, de fecha 11 de abril de 2024,
se actualice el importe a que se ha aludido, al considerarlo conveniente, teniendo en cuenta el
tiempo transcurrido desde la redacción del decreto y las circunstancias económicas actuales.
Concretamente, en el informe tenido en cuenta por el Director General para formular su propuesta, se incide en que en el tiempo que ha pasado desde la elaboración del decreto se han
incrementado los costes salariales, y se han modificado los convenios laborales que regulan
la actividad y sus bases de cotización a la Seguridad Social, por lo que el importe reflejado en
el decreto no se corresponde con el real.
Por todo ello, el Jefe del Servicio de Caza, Pesca y Acuicultura detalla en el citado informe
que “considerando de la Resolución de 30 de noviembre de 2022, de la Dirección General de
Trabajo, por la que se registra y publica el Convenio colectivo estatal de empresas de seguridad para el periodo 2023-2026 (BOE n.º 299, de 14 de diciembre de 2022), los costes de
la categoría Guarda Rural (Pesca marítima, caza, etc…) con una Jornada Ordinaria de 1.782
horas anuales a razón de 162 horas de trabajo mensuales del Anexo único de este convenio y
considerando también la actualización de las bases de cotización de la Seguridad Social Orden