Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Transporte Por Carretera. (2024050073)
Orden de 22 de abril de 2024 por la que se convocan, en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Extremadura, exámenes destinados a la obtención del certificado de competencia profesional (CCP) para el ejercicio de la profesión de transportista por carretera, a celebrar en el año 2024.
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NÚMERO 82
Lunes 29 de abril de 2024

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mite de presentación, en tiempo y forma, del impreso de solicitud conforme a lo dispuesto
con anterioridad.
2. La comprobación de la exactitud de los datos de identidad personal y de domicilio o resi­
dencia de las personas solicitantes se realizará de oficio electrónicamente por el órgano
instructor mediante los Servicios de Verificación y Consulta de Datos de Identidad (SVCDI)
y los Servicios de Verificación y Consulta de Datos de Residencia (SVCDR), siempre que no
conste en el procedimiento la oposición de la persona interesada.
Si constara en el procedimiento la oposición de la persona interesada, o, excepcionalmente, si la Administración no pudiera recabar tales datos, aquella aportará con la solicitud, o
podrá ser requerida a aportar, una copia de su Documento Nacional de Identidad, o documento acreditativo de la identidad o tarjeta de identidad de extranjero residente en territorio español, expedido por las autoridades españolas de conformidad con lo establecido
en la normativa vigente, y, en su caso, un certificado de empadronamiento de su domicilio
habitual.
Cuarta. Agrupación de solicitudes.
1. Las solicitudes recibidas en tiempo y forma serán objeto de agrupación a los efectos de
tramitarlas y proponer para su citación a la realización de la prueba a los aspirantes que las
hayan formulado, ordenadas aquéllas temporalmente por la fecha de asiento de su presentación en el registro u oficina competentes.
2. El número de aspirantes de cada Grupo no podrá ser superior a veinte.
3. Cada Grupo será designado por el ordinal correspondiente al orden de citación que se pretenda efectuar.
Quinta. Admisión de solicitudes.
1. La omisión de cualquiera de los datos exigidos en la solicitud o la falta de documentos y
justificantes requeridos será causa de la exclusión provisional del aspirante.
2. C
 on carácter previo a la citación de cada uno de los Grupos de aspirantes para la realización
de la prueba en su fecha respectiva, la lista provisional de admitidos y excluidos se publicará en la siguiente página web de la Junta de Extremadura en Internet:
https://www.juntaex.es/w/3983?inheritRedirect=true
En la relación de aspirantes excluidos se expresará la causa de dicha exclusión.