Consejería De Salud Y Servicios Sociales. Expropiaciones. (2024040054)
Decreto 38/2024, de 23 de abril, sobre declaración de urgencia de la ocupación de los terrenos para ejecución de las obras de construcción del acceso secundario al Hospital Don Benito-Villanueva de la Serena (Badajoz).
5 páginas totales
Página
NÚMERO 82
Lunes 29 de abril de 2024

22160

Así pues las pésimas condiciones de conservación del viejo edificio en el que no se ha realizado ninguna reforma significativa desde hace decenas de años, y por tanto el preocupante envejecimiento de las instalaciones hospitalarias con que cuenta, produce un flagrante deterioro
de la asistencia sanitaria que se está incrementando de forma exponencial y una peligrosidad
de las propias instalaciones no adaptadas a los cánones de seguridad actuales por su obsolescencia, que pudieran llegar a causar accidentes y que necesitan una continua inversión para
corregir los deterioros de infraestructuras y obsolescencia de equipos médicos.
La urgencia en la construcción de este nuevo centro hospitalario conlleva la urgencia en la
construcción del acceso secundario que da conexión al mismo, ya que es una instalación esencial para la puesta en marcha y funcionamiento del edificio, que actualmente se encuentra en
construcción y cuya finalización está programada para el año 2024.
El procedimiento de urgencia permite iniciar las obras en un plazo mucho más breve que con
el procedimiento ordinario, ya que la ocupación de los terrenos se efectúa con anterioridad al
pago del justiprecio, y, por consiguiente, se pueden poner a disposición del contratista para
la ejecución. De tratarse de un procedimiento ordinario, se tramitaría en primer lugar la fase
separada de justiprecio con cada uno de los propietarios afectados, y una vez acordada la
cantidad a la que asciende el mismo y abonada a cada uno de ellos, se podría ocupar la finca en cuestión, con lo que la disponibilidad de los terrenos para el inicio de las obras podría
demorarse tanto en el tiempo que, casi con toda certeza provocaría la inviabilidad y obsolescencia del proyecto aprobado que surge como respuesta al tráfico rodado que generará la
apertura del nuevo hospital.
La elección del procedimiento de urgencia en lugar del procedimiento ordinario obedece,
pues, a razones argumentadas, justificadas y coherentes que priman una serie de factores
como el interés general en el fácil, rápido y directo acceso en todo momento al hospital,
incluso en los episodios de mayor colapso en las horas de mayor intensidad de tráfico o de
incidencia que puedan suponer bloqueo en uno de los accesos, el riesgo de accidentalidad y
la seguridad vial. Con ello se lograría dar solución a los problemas de seguridad vial y tráfico
que pueden poner en peligro la asistencia sanitaria de las personas.
Por todo lo expuesto, la necesidad de la urgente ocupación de los terrenos destinados a la
construcción del acceso secundario al nuevo Hospital de Don Benito–Villanueva de la Serena,
con una estructura moderna y flexible que permita la prestación de los servicios actuales, así
como la centralización de la atención especializada, es irrenunciable y precisa desde el punto
de vista de la responsabilidad sanitaria.
En su virtud, a propuesta de la Consejera de Salud y Servicios Sociales previa deliberación del
Consejo de Gobierno en su sesión del día 23 de abril de 2024,