Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Convenios. (2024061424)
Resolución de 22 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se da publicidad al Convenio para el desarrollo de programas formativos de Formación Profesional Dual en el sistema educativo entre la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional y Ayuntamiento de Mérida, para los ciclos formativos de Grado Medio en Aprovechamiento y Conservación del Medio Natural y de Grado Superior en Gestión Forestal y del Medio Natural del EFA Guadaljucén de Mérida.
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Viernes 26 de abril de 2024

CONVENIO PARA EL DESARROLLO DE PROGRAMAS FORMATIVOS DE
FORMACIÓN PROFESIONAL DUAL EN EL SISTEMA EDUCATIVO ENTRE LA
CONSEJERÍA DE EDUCACIÓN, CIENCIA Y FORMACIÓN PROFESIONAL Y
AYUNTAMIENTO DE MÉRIDA, PARA LOS CICLOS FORMATIVOS DE GRADO
MEDIO EN APROVECHAMIENTO Y CONSERVACIÓN DEL MEDIO NATURAL Y DE
GRADO SUPERIOR EN GESTIÓN FORESTAL Y DEL MEDIO NATURAL DEL E.F.A.
GUADALJUCÉN DE MÉRIDA.
Mérida, 9 de abril de 2024.
REUNIDOS
De una parte, la Excma. Sra. Dña. María Mercedes Vaquera Mosquero, Consejera de Educación, Ciencia y Formación Profesional de la Junta de Extremadura, en representación de la
Comunidad Autónoma de Extremadura, en virtud del Decreto de la Presidenta 23/2023, de 20
de julio (DOE núm. 140, de 21 de julio), y en el ejercicio de las atribuciones que le han sido
conferidas por el Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican
la denominación y las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de
la Comunidad Autónoma de Extremadura (DOE núm. 140, de 21 de julio), y de conformidad
con lo dispuesto en el artículo 53.3 de la Ley 1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la
Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Y de otra, el Ayuntamiento de Mérida, con CIF P0608300J y domicilio en Plaza de España ,
1, código postal 06800 Mérida, Badajoz, con teléfono de contacto ______________, correo
electrónico ___________ y Don Antonio Rodriguez Osuna, como representante de la misma.
Las partes reconocen capacidad y legitimidad para convenir, a cuyo efecto.
EXPONEN
1. Q
 ue el objetivo del presente convenio entre las entidades a las que representan para el
desarrollo de un proyecto de formación profesional dual en el sistema educativo.
2. Q
 ue el apartado 1 del artículo 75 de la Ley 2/2011, de 4 de marzo, de Economía Sostenible
insta a las administraciones educativas y laborales a propiciar la colaboración con las empresas y entidades empresariales, en particular a través de la impartición por éstas, de módulos profesionales incluidos en títulos de formación profesional en sus instalaciones para
garantizar que la formación se realice con los equipamientos más actuales [apartado 2.b)].
3. Q
 ue el Real Decreto 1529/2012, de 8 de noviembre, por el que se desarrolla el contrato
para la formación y el aprendizaje y se establecen las bases de la formación profesional
dual, fija en su Título III, bajo la rúbrica Formación profesional dual del sistema educativo, el marco para el desarrollo de proyectos de formación profesional dual en el sistema
educativo, con la coparticipación de los centros educativos y las empresas colaboradoras.