Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Biocombustibles. Ayudas. (2024061403)
Resolución de 19 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la se acuerda la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles, (leña de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera y algunos municipios limítrofes, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña 2023/2024.
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Viernes 26 de abril de 2024

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RESOLUCIÓN de 19 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la se acuerda
la ampliación del plazo de presentación de solicitudes de la convocatoria
de ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles, (leña
de quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en
la comarca de La Vera y algunos municipios limítrofes, en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para la campaña 2023/2024. (2024061403)
Mediante Resolución de 2 de abril de 2024, de esta misma Secretaría General, se aprueba la
convocatoria de ayudas destinadas al fomento de la utilización de biocombustibles, (leña de
quercíneas), en el secado tradicional del pimiento para pimentón en la comarca de La Vera y
algunos municipios limítrofes, en la Comunidad Autónoma de Extremadura para la campaña
2023/2024 (DOE n.º 71, de 12 de abril de 2024).
El plazo para cumplimentar y presentar solicitudes a la convocatoria, según el apartado quinto del extracto y el resuelvo tercero de la resolución, se fijó en diez días hábiles, contados a
partir del siguiente al de la publicación de la resolución de convocatoria y del extracto en el
Diario Oficial de Extremadura, siendo su fecha de finalización el 26 de abril de 2024.
El resuelvo tercero también dispone que todas las solicitudes serán cumplimentadas en la
página de la Junta de Extremadura http://www.juntaex.es a través de la plataforma “Arado”:
https://aradoacceso.juntaex.es/Paginas/Login.
Una vez cumplimentada la solicitud, la solicitante deberá presentarla en el registro electrónico de la sede electrónica corporativa de la Junta de Extremadura a través de la plataforma
“Arado”.
Se deberá utilizar, en todo caso, el modelo normalizado de solicitud aprobado junto con las
bases reguladoras disponible en la web http://www.juntaex.es. que es el anexo II de esta
resolución.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 16.8 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del
Procedimiento Administrativo Común, no se tendrán por presentadas en el registro aquellas
solicitudes que se presenten de forma distinta a la establecida en los párrafos anteriores.
La Consejería de Agricultura, Ganadería y Desarrollo Sostenible proporcionará a las personas
interesadas las claves personalizadas de acceso al sistema informático de presen­tación de solicitudes. Igualmente, a través de las Oficinas Comarcales Agrarias se facilitará la acreditación
informática a la representación de las destinatarias de estas ayudas que van a colaborar con
las mismas en la formulación de la solicitud.
El artículo 32.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común
de las Administraciones Públicas, preceptúa que cuando una incidencia técnica haya imposi-