Consejería De Infraestructuras, Transporte Y Vivienda. Planeamiento. (2024AC0034)
Acuerdo de 30 de junio de 2022, de la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Extremadura, sobre aprobación definitiva del Plan General Municipal "simplificado" de Hinojosa del Valle.
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NÚMERO 81
Viernes 26 de abril de 2024

22012

b.1) Dos meses desde la determinación, en el caso del sistema de compensación.
b.2) La determinación del sistema de concertación comportará la apertura de un sistema
concurrencial por un período de dos meses para la presentación de Programas de Ejecución y del
resto de documentos formulados por los interesados en concursar por la adjudicación de la
condición de agente urbanizador.

3.5.2.0.3.-Unidades de actuación
1. En el suelo clasificado como urbano consolidado no se establecen unidades de actuación, ya
que se considera realizada la equidistribución histórica de cargas y beneficios, excepto en el caso
de unidades de actuación para la realización de procesos integrales de renovación o reforma
interior en suelo urbano, en cuyo caso, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 9 de la
LSOTEX, requerirá la previa definición de los terrenos como suelo urbano no consolidado.
2. El suelo clasificado como urbano no consolidado por el Plan General queda dividido en
unidades de actuación para el cumplimiento conjunto de los deberes de equidistribución,
urbanización y cesión de la superficie de suelo público. En la clase de suelo urbano, dichas
unidades de actuación podrán ser discontinuas.

3.5.2.0.4.-Aprovechamiento medio
1. El aprovechamiento medio de una unidad de actuación en suelo urbano es la edificabilidad
unitaria que el planeamiento establece para todos los terrenos comprendidos en una misma área
de reparto o ámbito espacial de referencia.
2. En el Anexo I, al final de estas Normas, se enumeran las unidades de actuación delimitadas en
suelo urbano y el aprovechamiento medio que corresponde a cada una de ellas.

3.5.2.0.5.-Obra Pública Ordinaria
Se incluye un Suelo Urbano No Consolidado, como Obra Pública Ordinaria (OPO-1) en la C/
príncipe Felipe, al ser terrenos vendidos por el Ayuntamiento a particulares, de manera que pueda
urbanizarse en su totalidad el tramo de calle al que dan frente

3.5.2.0.6.-Actuaciones singulares
Son aquellos elementos o parcelas que estando en suelo urbano consolidado, por su situación es
necesaria su compensación para no ser edificada.
Deberán ser compensadas en la unidad de actuación para la que sea necesaria y su
compensación será con el aprovechamiento del suelo urbano consolidado.

3.5.2.1.- Sección particular: Fichas sectores/ unidades de actuación