Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Producción Cinematográfica Y Audiovisual. Ayudas. (2024061398)
Resolución de 9 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024.
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Jueves 25 de abril de 2024

CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 9 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que
se conceden ayudas a la producción de cortometrajes en la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2024. (2024061398)
De conformidad con las bases reguladoras (Decreto 99/2014, de 3 de junio, por el que se
aprueban las bases reguladoras de las ayudas a la producción de cortometrajes y a cortometrajes realizados de la Comunidad Autónoma de Extremadura y la convocatoria de las mismas
para 2014; publicadas en el DOE número 109, de 9 de junio), así como el apartado duodécimo
de la Resolución de 23 de noviembre de 2023, de la Secretaría General, de convocatoria de
las ayudas destinadas a la producción de cortometrajes de la Comunidad Autónoma de Extremadura para el año 2024 (DOE n.º 3, de 4 de enero de 2024), vista el acta de la Comisión de
Valoración de fecha 19 de marzo de 2024, y en uso de las atribuciones que tengo conferidas,
RESUELVO:
Primero. Conceder las ayudas a la producción de cortometrajes que se especifican en el anexo I, por un importe total de noventa y dos mil trescientos diecisite euros
con cincuenta céntimos (92.317,50 €) que se imputará a la aplicación presupuestaria
15.0020000 G/273B/77000/ 20040309/ CAG0000001 (“Apoyo a producciones de cine y audiovisuales”) de la Ley 1/2024, de 5 de febrero, de Presupuestos Generales de la Comunidad
Autónoma de Extremadura para el año 2024.
Segundo. Las ayudas concedidas son compatibles con cualquier otra ayuda o subvención de
las Administraciones Públicas o entidades públicas o privadas para la misma finalidad siempre
que la cuantía de ayudas públicas no supere, aisladamente o en concurrencia con otras ayudas, el 50 % del coste del proyecto para el que se solicita la subvención.
Tercero. Los proyectos que son objeto de ayuda deberán iniciarse a partir del 1 de enero del
año 2024, y terminar antes del 1 de noviembre del año 2024.
Cuarto. El pago de las ayudas se efectuará teniendo en cuenta lo siguiente:
1. La aportación de la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes se efectuará durante el año 2024 a la finalización de la producción objeto de ayuda. Se abonará el 100%
de la ayuda una vez se realice la producción. Para ello la empresa beneficiaria deberá
justificar la inversión del presupuesto de producción aprobado y presentar el resto de documentación señalada en el apartado decimosexto de la convocatoria con anterioridad al
día 10 de noviembre del año 2024, teniendo en cuenta que si los gastos reales de inversión