Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Educación. Ayudas. (2024061205)
Resolución de 22 de marzo de 2024, de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión Educativa, por la que se aprueba la convocatoria de las ayudas para la realización de programas de aprendizaje a lo largo de la vida en la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el curso 2024/2025.
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NÚMERO 80
Jueves 25 de abril de 2024

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Noveno. Solicitudes.
1. L
 as solicitudes se formalizarán en el anexo III de la presente resolución que se encuentra
disponible en la página web https://www.educarex.es/eda/subvenciones.html y serán dirigidas al titular de la Dirección General de Formación Profesional, Innovación e Inclusión
Educativa de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
2. L
 as corporaciones locales, teniendo en cuenta las necesidades formativas de su ámbito de
actuación, podrán solicitar un máximo de dos programas de la modalidad A.
3. L
 as mancomunidades de municipios, teniendo en cuenta las necesidades formativas de su
ámbito de actuación, podrán solicitar un máximo de seis programas de la modalidad A.
4. Las entidades privadas sin ánimo de lucro podrán solicitar un máximo de dos programas
de la modalidad A.
5. El órgano gestor consultará los datos relativos de estar al corriente con la Agencia Estatal
de Administración Tributaria para lo que es necesario otorgar por parte de la entidad solicitante la autorización expresa en la solicitud de ayuda, en caso contrario, se deberá aportar
la documentación correspondiente. El órgano gestor consultará de oficio salvo oposición
expresa de la entidad solicitante en la solicitud de ayuda, los datos de estar al corriente con
la Tesorería General de la Seguridad Social y los datos de estar al corriente con la Hacienda
Autonómica, en caso contrario, se deberá aportar la documentación acreditativa oportuna.
Décimo. Documentación.
La solicitud deberá presentarse acompañada de la siguiente documentación:
1. C
 ertificados de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias, para
aquellas entidades que en la solicitud de ayuda no autoricen expresamente al órgano gestor a consultar los datos con la Agencia Estatal de Administración Tributaria. Certificados
de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con la Hacienda Autonómica
y de la Seguridad Social para aquellas entidades que en la solicitud de ayuda se opongan
expresamente a que el órgano gestor consulte de oficio estos datos.
2. Las entidades que reciban otras ayudas para el desarrollo de los programas solicitados
deberán presentar declaración responsable en la que se haga constar esta circunstancia,
la cuantía de la misma, el organismo que la otorga y que el importe total, incluyendo la
totalidad de las aportaciones, no supera el coste de realización de la actividad.
3. L
 as Mancomunidades acompañarán escrito de cada municipio, que se formalizará según
el anexo IV de la presente resolución, que exprese su conformidad con el desarrollo de