Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Memoria Histórica. Subvenciones. (2024080600)
Anuncio de 16 de abril de 2024 por el que se da publicidad a las subvenciones directas concedidas en la anualidad 2023 en materia de memoria histórica y democrática.
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NÚMERO 80
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Jueves 25 de abril de 2024
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
ANUNCIO de 16 de abril de 2024 por el que se da publicidad a las subvenciones
directas concedidas en la anualidad 2023 en materia de memoria histórica y
democrática. (2024080600)
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura posibilita, con carácter excepcional, la concesión de subvenciones
mediante procedimiento de concesión directa y sin convocatoria, previa acreditación de razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que
dificulten su convocatoria pública. Asimismo, el artículo 32.1.a) de esta ley, considera como
supuestos excepcionales de concesión directa cuando, por razón de la especial naturaleza
de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible
promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades
privadas sin fines de lucro, y el artículo 32.1.b) cuando el perceptor sea una entidad pública
territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finalidad
cuya competencia esté atribuida a las corporaciones locales y a la comunidad autónoma.
El artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, dispone que los órganos administrativos
concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con la expresión de la convocatoria,
programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
Por todo ello, correspondiendo a esta Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes, la resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones en
materia de memoria histórica y democrática, en virtud de las competencias atribuidas por el
Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y
las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
ACUERDO:
Dar publicidad a las subvenciones de concesión directa en materia de memoria histórica y
democrática, que se relacionan en el anexo I concedidas por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes durante la anualidad 2023, con indicación del beneficiario, aplicación
presupuestaria y proyecto de gasto de imputación, finalidad de la subvención y cantidad
concedida.
Mérida, 16 de abril de 2024.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO
21759
Jueves 25 de abril de 2024
CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
ANUNCIO de 16 de abril de 2024 por el que se da publicidad a las subvenciones
directas concedidas en la anualidad 2023 en materia de memoria histórica y
democrática. (2024080600)
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura posibilita, con carácter excepcional, la concesión de subvenciones
mediante procedimiento de concesión directa y sin convocatoria, previa acreditación de razones de interés público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que
dificulten su convocatoria pública. Asimismo, el artículo 32.1.a) de esta ley, considera como
supuestos excepcionales de concesión directa cuando, por razón de la especial naturaleza
de la actividad a subvencionar, o las especiales características del perceptor, no sea posible
promover la concurrencia pública y siempre que se trate de entidades públicas o entidades
privadas sin fines de lucro, y el artículo 32.1.b) cuando el perceptor sea una entidad pública
territorial de Extremadura y los fondos presupuestarios señalen genéricamente una finalidad
cuya competencia esté atribuida a las corporaciones locales y a la comunidad autónoma.
El artículo 17.1 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, dispone que los órganos administrativos
concedentes publicarán en el Diario Oficial de Extremadura y en el Portal de Subvenciones de
la Comunidad Autónoma, las subvenciones concedidas con la expresión de la convocatoria,
programa y crédito presupuestario al que se imputen, beneficiario, cantidad concedida y finalidad o finalidades de la subvención.
Por todo ello, correspondiendo a esta Secretaría General de la Consejería de Cultura, Turismo,
Jóvenes y Deportes, la resolución de los procedimientos de concesión de subvenciones en
materia de memoria histórica y democrática, en virtud de las competencias atribuidas por el
Decreto de la Presidenta 16/2023, de 20 de julio, por el que se modifican la denominación y
las competencias de las Consejerías que conforman la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura,
ACUERDO:
Dar publicidad a las subvenciones de concesión directa en materia de memoria histórica y
democrática, que se relacionan en el anexo I concedidas por la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes durante la anualidad 2023, con indicación del beneficiario, aplicación
presupuestaria y proyecto de gasto de imputación, finalidad de la subvención y cantidad
concedida.
Mérida, 16 de abril de 2024.
El Secretario General,
JOSÉ LUIS GIL SOTO