Consejería De Economía, Empleo Y Transformación Digital. Transformación Digital. Subvenciones. (2024061373)
Resolución de 4 de mayo de 2023, de la Dirección General de Agenda Digital, de concesión directa de una subvención a la Red Extremeña de Desarrollo Rural (REDEX) para el Desarrollo del Programa "Competencias digitales para la ciudadanía", en las anualidades 2023, 2024 y 2025, en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
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NÚMERO 79
Miércoles 24 de abril de 2024

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La justificación de estar al corriente de pago en las obligaciones tributarias y con la Seguridad
Social podrá sustituirse por dicha declaración responsable. 
El apartado segundo del mismo artículo 32 establece que la concesión de estas subvenciones
se efectuará a solicitud del interesado y se instrumentará mediante resolución o convenio,
previa acreditación en el expediente del cumplimiento de los requisitos que justifican la concesión directa.
Por todo ello, en virtud de lo anteriormente expuesto,
RESUELVO:
La concesión directa de una subvención a REDEX, con cargo a la Aplicación presupuestaria
14011/332A/48000, proyecto de gasto 20230293, denominación del proyecto presupuestario: “Competencias digitales para la ciudadanía”, Código Fondo: MR07C19I01, financiados con
cargo al MR (Componente 19 / Inversión 1 – C19.I1), imputándose en las anualidades 2023,
2024 y 2025, para que se ejecute el programa “Competencias digitales para la ciudadanía”,
con sujeción a las siguientes consideraciones y obligaciones:
Primero. Entidad beneficiaria.
La entidad beneficiaria de la subvención es la Red Extremeña de Desarrollo Rural de Extremadura (REDEX), con CIF G- 06296677 y domicilio en la calle Santa Cristina, s/n., Edificio
Embarcadero, bloque A, despachos 17 a 21, 10195 en Cáceres.
La entidad beneficiaria no está incursa en ninguna de las causas de prohibición contenidas en
el artículo 12 de la Ley 6/2011 de 23 de marzo. La justificación de estos extremos se ha realizado mediante declaración responsable del representante legal de REDEX dirigida al titular
de la Dirección General de Agenda Digital. No obstante, la acreditación del cumplimiento de
las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social se realizará en la forma establecida en
la consideración décima de la presente resolución.
Segundo. Procedimiento de concesión.
La subvención será otorgada por el procedimiento de concesión directa, al amparo de lo dispuesto en el artículo 32.2 de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, en relación con el artículo 22.4.c)
del mismo texto legal, habiéndose iniciado el procedimiento de concesión mediante solicitud
presentada por la entidad beneficiaria en día 14 de febrero de 2023.