Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061365)
Resolución de 14 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de planta de almacenamiento y gestión de residuos de construcción y demolición y punto limpio, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Fuente de Cantos, en el término municipal de Fuente de Cantos. Expte.: IA23/0779 (de la AAUN 22/022).
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NÚMERO 79
Miércoles 24 de abril de 2024



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— Sistema hidrológico y calidad de las aguas.



Con fecha 12 de octubre la Confederación Hidrográfica del Guadiana emite informe
en el que indica que hay que tener en cuenta las siguientes consideraciones:



• La instalación contará con una balsa de recogida de lixiviados y aguas pluviales
procedentes de la zona de recepción de los residuos de construcción y demolición
con una capacidad de 37,5 m3.



• Para evitar que la construcción y/o gestión de las infraestructuras de almacenamiento de residuos pudieran contribuir a la degradación dl entorno y constituir
un riesgo de contaminación de las aguas (superficiales y/o subterráneas), todas
ellas deberán estar debidamente impermeabilizadas, dimensionadas, diseñadas y
ubicadas, de tal manera que se evite el riesgo de filtración y contaminación de las
aguas superficiales y subterráneas, asegurando que se impida pérdidas por rebosamiento o por inestabilidad geotécnica.



— Suelos.



La zona de ubicación del proyecto se encuentra en suelo rústico. Aplicando las correspondientes medidas preventivas (soleras hormigonadas e impermeabilizadas) no
debería haber una afección al suelo significativa.



— Fauna.



El Agente del Medio Natural NIP A0284V de la Dirección General de Gestión Forestal,
Caza y Pesca de la Consejería de Gestión Forestal y Mundo Rural indica que el proyecto no afecta a especies del Anexo I del Decreto 37/2001, de 6 de marzo, por el
que se regula el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.



E
 l informe del Servicio de Conservación de la Naturaleza y Áreas Protegidas informa
que la actividad solicitada se localiza fuera de los límites de la Red de Áreas Protegidas de Extremadura (Red Natura 2000 y Red de Espacios Naturales Protegidos de
Extremadura); y que los valores naturales establecidos en su Plan de Gestión y/o en
la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, del Patrimonio Natural y de la Biodiversidad, son:



• Área de importancia para la alimentación del cernícalo primilla (Falco naumanni),
catalogado “Sensible a la Alteración de su Hábitat” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de Extremadura.



• Territorio de reproducción del aguilucho (Circus pygargus), catalogado “Sensible
a la Alteración de su Hábitat” en el Catálogo Regional de Especies Amenazadas de