Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061365)
Resolución de 14 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de construcción de planta de almacenamiento y gestión de residuos de construcción y demolición y punto limpio, cuyo promotor es el Ayuntamiento de Fuente de Cantos, en el término municipal de Fuente de Cantos. Expte.: IA23/0779 (de la AAUN 22/022).
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NÚMERO 79
Miércoles 24 de abril de 2024

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de residuos de la construcción y demolición y punto limpio en suelo no urbanizable/
rústico del término municipal, en parcela 118 del polígono 13.
— Informe del Agente del Medio Natural de 21 de agosto de 2023 en el que informa que la
construcción del centro de acopio de residuos de construcción y demolición en Fuente de
Cantos está proyectado en la parcela del ya existente Punto limpio, por lo que las afecciones que podría provocar su construcción no son especialmente relevantes; y además
no se encuentra ni es susceptible de afectar a la RED Natura 2000.
— Informe del Servicio de Ordenación del Territorio, de la Dirección General de Urbanismo,
Ordenación del Territorio y Agenda Urbana, de 22 de agosto de 2023, en el que informa
que no se detecta afección sobre ningún instrumento de ordenación territorial vigente,
si bien, se encuentra en fase de tramitación el Plan Territorial de Tentudía-Sierra Suroeste, en cuyo ámbito se encuentra el término de Fuente de Cantos.
— Informe del Servicio de Urbanismo, de la Dirección General de Urbanismo, Ordenación
del Territorio y Agenda Urbana, de 7 de septiembre de 2023 en el que informa que
conforme lo establecido en el punto 6 del artículo 69 de la Ley 11/2018, de 21 de diciembre, de ordenación territorial y urbanística sostenible de Extremadura en los actos
promovidos por las administraciones públicas, la aprobación de los proyectos de obras y
servicios públicos lleva implícita la calificación rústica del suelo a que afecten, siempre
que se cumplan los requisitos normativos precisos para su otorgamiento.
— Informe de la Confederación Hidrográfica del Guadiana de 12 de octubre de 2023 en el
informa que si bien parte de la parcela de actuación ocupa la zona de policía del arroyo del
Bodión Chico y de tres arroyos tributarios de éste, las instalaciones proyectadas se ubican
a 150 metros de uno de los arroyos tributarios del arroyo del Bodión Chico, por lo que no
se prevé afección física alguna a cauces que constituyan el DPH del Estado, definido en
el artículo 2 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el
texto refundido de la Ley de Aguas (TRLA), ni a las zonas de servidumbre y policía.
— Informe de la Dirección General de Bibliotecas, Archivos y Patrimonio Cultural de 13
de octubre de 2023 en el que se informa que ha sido analizada el área de afección de
dicho proyecto por los técnicos de la DGBAPC y se ha podido comprobar que, según la
documentación existente en este organismo, si bien se localizan numerosos yacimientos
arqueológicos inventariados en las cercanías, todos ellos se localizan a más de 1 km
de las instalaciones, puesto que si bien la parcela municipal es extensa y hay puntos
más cercanos, la planta se ubica al extremo noreste de la misma por lo que se estima
que el proyecto no presenta incidencias sobre el patrimonio arqueológico conocido, no
obstante, y como medida preventiva de cara a la protección del patrimonio arqueoló-