Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Concurso De Traslados. Adjudicación Definitiva. (2024061340)
Resolución de 18 de abril de 2024, de la Dirección General de Personal Docente, por la que se resuelve, con carácter definitivo, el concurso de traslados convocado por Resolución de 15 de noviembre de 2023 para los funcionarios docentes de los Cuerpos de Inspectores al servicio de la Administración Educativa e Inspectores de Educación.
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Martes 23 de abril de 2024

Tercero. Anulación de destinos.
De conformidad con lo dispuesto en la base decimoquinta, en los casos en que se hubiesen
provisto vacantes o resultas inexistentes o si, como consecuencia de la interposición de recursos en vía administrativa o contencioso-administrativa, se anulasen las adjudicaciones
de puestos, a los funcionarios afectados se les considerará pendiente de destino provisional
como consecuencia de resolución de recurso o cumplimiento de sentencia, siéndoles aplicables lo establecido en el Real Decreto 1364/2010, de 29 de octubre. Estos funcionarios
estarán obligados a participar en todos los concursos de traslados que se convoquen hasta la
obtención de un destino definitivo.
Cuarto. Retirada de documentación.
Las personas participantes que hayan presentado documentación para la justificación de los
méritos alegados podrán retirarla por sí mismo o por persona debidamente autorizada, en
la Dirección General de Personal Docente, durante el mes de septiembre de 2024, siempre
que no esté pendiente de resolución ningún recurso en vía administrativa o judicial. Si la
documentación no se retirase en el plazo señalado, se entenderá que la persona participante
renuncia a su recuperación, decayendo, por tanto, en su derecho a ello.
Quinto. Recursos.
Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, cabe interponer potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado a partir del día siguiente a
la fecha de su publicación, ante el órgano que la ha dictado, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 102 y 103.1.a) de la Ley
1/2002, de 28 de febrero, del Gobierno y de la Administración de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, o directamente recurso contencioso-administrativo, en el plazo de 2 meses
a contar desde el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Extremadura, ante
el Juzgado de lo Contencioso-administrativo correspondiente a la sede de este órgano administrativo o al que corresponda el domicilio del demandante, de conformidad con lo dispuesto
en los artículos 8, 14 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción
Contencioso-administrativa.
Mérida, 18 de abril de 2024.
El Director General de Personal
Docente,
DAVID MORENO REGO

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