Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Plan De Formación. Academia De Seguridad Pública. (2024050069)
Orden de 18 de abril de 2024 por la que se aprueba el Plan de Formación de la Academia de Seguridad Pública de Extremadura para el año 2024 y se realiza la convocatoria de las actividades formativas.
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NÚMERO 78
Martes 23 de abril de 2024

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5.- Gestión documental y medidas de seguridad de establecimientos públicos.
6.- Inspección de establecimientos públicos.
B.07/24.LA VIDEOVIGILANCIA Y SEGURIDAD PRIVADA. MARCO CONSTITUCIONAL
Y NORMATIVO.
Profesorado:
Modalidad:
Inicio:
Finalización:
Evaluación:
Certificación:
Solicitudes:

Presencial
Lugar: Aspex
10-11-12 junio/24
Fondos CA.
Horas lectivas: 20.
Alumnos: 30.
Desarrollo de un supuesto práctico y examen tipo test.
Diploma de Superación.
10 días naturales desde publicación DOE

OBJETIVOS.
Dotar al funcionario/a público de los conocimientos y recursos referente a la videovigilancia que
se regulan fundamentalmente en:
• La Ley Orgánica 4/1997, de 4 de agosto, por la que se regula la utilización de
videocámaras por las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad en lugares públicos,
estableciendo el marco jurídico aplicable a la utilización de los sistemas de grabación
de imágenes y sonidos, como medio del que pueden servirse las Fuerzas y Cuerpos
de Seguridad en el cumplimiento de su misión, encomendada por el artículo 104 de
la Constitución, de proteger el libre ejercicio de los derechos y libertades y garantizar
la seguridad ciudadana. Siendo la finalidad poner a disposición de las Fuerzas y
Cuerpos de Seguridad el empleo de estos medios para la prevención de actos
delictivos, la protección de las personas y la custodia de bienes en espacios públicos,
estableciendo las garantías necesarias para que dicha utilización sea estrictamente
respetuosa con los derechos y libertades de los ciudadanos.
• Ley 5/2014 de 4 de Abril de Seguridad Privada, donde se regula todo lo relacionado
con la videovigilancia en el sector privado.
• la Ley 19/2007, de 11 de julio, contra la violencia, el racismo, la xenofobia y la
intolerancia en el deporte así como su reglamento de desarrollo aprobado mediante
Real Decreto 203/2010, de 26 de febrero.
• Así como el tratamiento de imágenes a través de tecnologías emergente (cámara “on
board”, drones, etc) y la inteligencia artificial aplicada a la videovigilancia.
Todo ello sujeto a los establecido por la Agencia Española de Protección de Datos sobre el
tratamiento
CONTENIDOS.
1. Introducción. Normativa
2. Tratamiento de imágenes con fines de seguridad
2.1 Legitimación
2.2 Proporcionalidad
2.2.1 Limitación de la finalidad
2.2.2.- Captación de imágenes de la vía pública
2.2.3.- Minimización de datos
2.3. Medidas de responsabilidad proactiva
2.3.1. Delegado de protección de datos