Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024061383)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se convocan ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas (pymes) en Extremadura, para el ejercicio de 2024. (Modalidad IV).
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NÚMERO 77

21180

Lunes 22 de abril de 2024

ANEXO XV:
INFORME DE AUDITOR INSCRITO EN ROAC.
CUENTA JUSTIFICATIVA

(A cumplimentar por el auditor de cuentas inscrito en ROAC)

1.
INFORME DE AUDITOR
Nº de expediente:
Título del Proyecto:
Domicilio Social:
Denominación empresa:
Representante legal:
Nombre y apellidos del auditor que firma el informe:
Fecha de solicitud:
Fecha de inicio inversiones:
Categoría de empresa en el momento de solicitud:
A la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación:

Localidad:

N.I.F:
N.I.F:
Nº ROAC:
Fecha fin de inversiones:
Categoría de empresa en el momento de justificar:

1.

Hemos procedido a la actuación profesional que resulta del presente documento a requerimiento del representante legal de la empresa.

2.

Por el mandato recibido, se solicita informe en la cual se manifieste evidencia suficiente de que la empresa ha realizado y pagado las
inversiones relacionadas en las tablas adjuntas, previstas en el expediente indicado, en la localidad indicada., al amparo del Decreto regulador
de estas ayudas, que están imputadas como gastos exclusivos del expediente de subvención; todo ello para su presentación ante la Secretaría
General de Ciencia Tecnología e Innovación de la Junta de Extremadura.
Se solicita que, cuando el importe de la subvención concedida sea superior a 30.000 euros, se verifique que la empresa no incumple los
plazos de pago a proveedores previstos en la Ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en
las operaciones comerciales.
Finalmente, se solicita informe que manifieste evidencia suficiente sobre la categoría (Micro/Pequeña/Mediana/Gran empresa) en el
momento de la solicitud de la ayuda y, en caso de que las hubiera, las variaciones en la categoría durante la realización del proyecto.

3.

4.

5.

Nuestra actuación profesional ha consistido en la comprobación y verificación de los siguientes procedimientos:
a.
Identificación de la empresa subvencionada, fecha de Resolución de concesión de la ayuda, periodo de vigencia de la ayuda, inversión
subvencionable, subvención otorgada, número del expediente objeto de subvención y nombre del proyecto financiado.
b. Examen y verificación de todos los gastos, facturas y otros documentos de valor probatorio, así como de los justificantes de pago de
la inversión realizada por la empresa entre las fechas de solicitud y la de finalización del período de justificación del proyecto.
c.
Verificación de la existencia de contabilidad separada o código contable adecuado de los gastos imputados al proyecto y de la
contabilización de los mismos en los registros de la empresa beneficiaria de la ayuda.
d. Verificación de la existencia de sellado de imputación en cada uno de los documentos (facturas, nóminas y cualquier otro) que
soporten gastos imputados al proyecto y que dichos gastos se han abonado a través de entidad financiera.
e. Verificación de que todos los gastos imputados y los documentos de valor probatorio comprobados corresponden a la naturaleza y
finalidad para los que se otorgó la ayuda, conforme a lo dispuesto en la Resolución de Concesión de la misma y a la base reguladora
de la misma.
f.
Verificación de la categoría de la empresa en el momento de la solicitud de la ayuda y posibles variaciones durante la realización del
proyecto, conforme al contenido del anexo del Decreto y lo establecido en el anexo I del Reglamento 651/2014 de la Comisión de 17
de junio de 2014 por el que se declaran determinadas categorías de ayudas compatibles con el mercado interior en aplicación de los
artículos 107 y 108 del Tratado.
g.
Verificación de que la empresa ha cumplido con los plazos de pago a proveedores, de acuerdo con lo dispuesto en la Ley 3/2004, de
29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.

6.

Como resultado de la revisión que hemos efectuado de la documentación aportada por la Empresa y requerida por el que suscribe,
INFORMAMOS que:
a. Los datos de identificación de la empresa beneficiaria, representante de la misma y de la ayuda concedida, son:
Nombre de la empresa subvencionada:
N.I.F de la empresa subvencionada:
Representante legal de la empresa subvencionada:
N.I.F. del representante legal de la empresa subvencionada:
Fecha de Resolución de concesión de la ayuda:
Periodo de vigencia de la ayuda:
Inversión subvencionable:
Subvención otorgada:
Número del expediente objeto de subvención: