Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024061383)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se convocan ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas (pymes) en Extremadura, para el ejercicio de 2024. (Modalidad IV).
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Lunes 22 de abril de 2024

ANEXO IX: INFORME DE AUDITOR PARA ACREDITAR LA SOLVENCIA ECONÓMICA DE
LA EMPRESA, SOBRE CUMPLIMIENTO DE LA LEY CONTRA LA MOROSIDAD Y EN SU
CASO, SOBRE CUMPLIMIENTO REQUISITOS PARA SER CALIFICADA COMO EMPRESA
DE BASE TECNOLÓGICA
1.
INFORME DE AUDITOR
Título del Proyecto:
Domicilio Social:
Localidad:
Denominación empresa:
N.I.F:
Representante legal:
N.I.F:
Nombre y apellidos del auditor que firma el informe:
Nº ROAC:
A la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación:
1. Hemos procedido a la actuación profesional que resulta del presente documento a requerimiento del representante legal de la empresa.
Por el mandato recibido, se solicita informe en el cual se manifieste evidencia suficiente de que la empresa cumple, en aplicación de lo dispuesto en
el artículo 3.1g) del Decreto regulador de estas ayudas, con el requisito de solvencia económica y financiera para ejecutar el proyecto y asimismo,
cuando el importe de la subvención concedida sea superior a 30.000 euros, que no incumple los plazos de pago a proveedores previstos en la Ley
3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales.
2. Nuestra actuación profesional ha consistido en la comprobación y verificación de los siguientes procedimientos:
a) Examen y verificación de los estados financieros de la empresa (balance de situación, cuentas de resultados, flujos de caja, etc).
b) Examen y verificación de los ratios económicos y financieros (fondo de maniobra, ratio de solvencia, ratio de liquidez, ratios de
endeudamiento, ratio de tesorería, apalancamiento financiero, etc).
c)
Examen y verificación de la cuenta de pérdidas y ganancias de la empresa.
3. Como resultado de la revisión que hemos efectuado de la documentación aportada por la Empresa y requerida por el que suscribe,
INFORMAMOS que:
PRIMERO: Según los estados financieros de la empresa y los ratios económicos y financieros analizados del último ejercicio económico cerrado, la
empresa solicitante mantiene una solvencia económica y financiera adecuada para ejecutar el proyecto presentado ante la Secretaria General de Ciencia
Tecnología e Innovación de la Junta de Extremadura.
SEGUNDO: A la vista de la cuenta de pérdidas y ganancias, se ha verificado que la empresa cumple con los plazos de pago a proveedores previstos en la
Ley 3/2004, de 29 de diciembre.
TERCERO: (solo cuando soliciten ayuda por la modalidad de empresa de base tecnológica. Marcar lo que proceda:
APLICA ESTE APARTADO,
NO APLICA ESTE APARTADO).
Se ha verificado, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 3.2 a) del decreto de bases reguladoras, el siguiente extremo:
En caso de empresas ya existentes. Que acredita haber tenido gastos de investigación o desarrollo que representan al menos un 20% del total de sus
gastos de explotación, durante al menos uno de los tres años previos al de la fecha de solicitud de la ayuda.
En caso de empresa nueva sin historial financiero: Que acredita haber tenido gastos de investigación o desarrollo que representan al menos un 20%
del total de sus gastos de explotación, durante el ejercicio en curso y con carácter previo a la fecha de solicitud de la ayuda.
El presente informe se ha emitido teniendo en cuenta las normas técnicas reconocidas y aceptado por el Instituto de Contabilidad y Auditoría de Cuentas
y sobre el marco jurídico que ampara la concesión de estas subvenciones.
En la emisión del presente informe se pone de manifiesto la existencia de las siguientes salvedades conforme a la fiabilidad de todos los puntos del
alcance de esta auditoría (tachar lo que proceda):
No existe salvedad alguna
Existen las siguientes salvedades:
Este Informe Especial se emite exclusivamente para acreditar, ante la Secretaría General de Ciencia Tecnología e Innovación de la Junta de Extremadura la
solvencia económica y financiera al proyecto referido, y no debe utilizarse para ninguna otra finalidad.

(Firma del auditor ROAC)

Se le informa que los datos facilitados en el presente impreso / formulario correspondiente a la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, en concordancia con
la Actividad de Tratamiento correspondiente incorporada al Registro de Actividades de Tratamientos de la misma, se tratarán de conformidad con lo establecido en el
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