Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Investigación. Ayudas. (2024061338)
Extracto de la Resolución de 8 de abril de 2024, de la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación, por la que se aprueba convocatoria sobre ayudas destinadas a la financiación de proyectos de investigación industrial o desarrollo experimental realizados por pequeñas y medianas empresas en la Comunidad Autónoma de Extremadura, en la Modalidad IV relativa a proyectos realizados por pymes, acogidos a estándares predeterminados de calidad científico-técnica, para el ejercicio de 2024.
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NÚMERO 77
Lunes 22 de abril de 2024

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4. L
 a financiación de las ayudas que se regulan en la convocatoria se realizará con cargo al
Programa Operativo del Fondo Europeo de Desarrollo Regional (FEDER) de Extremadura
correspondiente al periodo de programación (2021-2027), dentro del Objetivo Político 1
“Una Europa más competitiva e inteligente, promoviendo una transformación económica
innovadora inteligente y una competitividad TIC regional” y el Objetivo Específico 1.1 “El
desarrollo y la mejora de las capacidades de investigación e innovación y la asimilación de
tecnologías avanzadas”.
El porcentaje de cofinanciación de los fondos FEDER es de un 85 %.
5. La cuantía de 3.500.000,00€ que se aprueba para esta convocatoria podrá aumentarse
hasta en un 20 por ciento o hasta la cuantía que corresponda, cuando tal incremento sea
consecuencia de una generación, incorporación de crédito, o se trate de créditos declarados ampliables, siempre antes de resolver la concesión de estas sin necesidad de abrir
una nueva convocatoria de conformidad con el artículo 23.2 h) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
Sexto. Plazo y forma para presentación de solicitudes
1. El plazo de presentación de solicitudes será de un mes y comenzará a computarse a partir
del día siguiente a la publicación de la convocatoria y del presente extracto en el Diario
Oficial de Extremadura (http://doe.juntaex.es). Si en el mes de vencimiento no hubiera
día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo expira el
último día del mes. Asimismo, si el último día del plazo es inhábil se entenderá prorrogado
al primer día hábil siguiente.
2. La solicitud de ayuda se dirigirá a la Secretaría General de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional, cumplimentándose el
formulario específico alojado en el portal de la sede electrónica de la Administración de la
Junta de Extremadura para este tipo de procedimiento.
3. Las solicitudes se presentarán de forma telemática a través del Punto de Acceso General
Electrónico (www.juntaex.es) de la Administración de la Junta de Extremadura. Al presentarse de esta forma, la documentación que se requiera deberá ser digitalizada y presentada junto a la solicitud como archivos anexos a la misma. A estos efectos los interesados
deberán disponer, para la autenticación y para la firma electrónica, de DNI electrónico o de
certificado electrónico en vigor.
Si no dispone de ellos, las direcciones electrónicas donde podrían obtenerlos:
(https://www.dnielectronico.es/PortalDNIe/PRF1_Cons02.action?pag=REF_009)
(http://www.cert.fnmt.es/).