Consejería De Presidencia, Interior Y Diálogo Social. Policías Locales. Subvenciones. (2024061362)
Extracto de la Resolución de 4 de abril de 2024, de la Secretaría General, por la que se convocan las subvenciones para la adquisición de la uniformidad, acreditación y equipamiento de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, durante el ejercicio 2024, modalidad B.
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NÚMERO 77
Lunes 22 de abril de 2024

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EXTRACTO de la Resolución de 4 de abril de 2024, de la Secretaría General,
por la que se convocan las subvenciones para la adquisición de la uniformidad,
acreditación y equipamiento de la Policía Local de la Comunidad Autónoma
de Extremadura, durante el ejercicio 2024, modalidad B. (2024061362)
BDNS(Identif.):754958
De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b) y 20.8.a) de la Ley 38/2003, de 17
de noviembre, General de Subvenciones, y en el artículo 16.q) de la Ley 6/2011, de 23 de
marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se publica el extracto
de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de
Subvenciones (http://www.infosubvenciones.gob.es) y en el presente DOE.
Primero. Convocatoria y objeto.
Subvenciones para la adquisición de la uniformidad, acreditación y equipamiento de la Policía
Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura, para el ejercicio 2024.
El objeto, al amparo de la Orden de 24 de abril de 2020 (DOE n.º 82, de 29 de abril), modificada por la Orden de 10 de enero de 2023 (DOE n.º 14, de 20 de enero) es la financiación en
la anualidad 2024 de los gastos derivados de la adquisición de la uniformidad, acreditación y
equipamiento de la Policía Local de la Comunidad Autónoma de Extremadura en la Modalidad
B (Medios técnicos) Constituyen esta modalidad aquellos aparatos, elementos y sistemas que
la policía local de la Comunidad Autónoma de Extremadura utiliza para el mejor cumplimiento
de las funciones encomendadas y que comprenderá el equipo básico y complementario (tanto
individual como colectivo), a excepción en este último caso de la adquisición de los vehículos a
motor y bicicletas, contemplados en los artículos 26 a 28 del Decreto 19/2019, de 26 de marzo, y descritos en la Orden de 15 de mayo de 2019 modificada posteriormente por la Orden
de 4 de febrero de 2021, por la que se establece la descripción de los elementos que integran
la uniformidad, acreditación y equipamiento de Policías Locales de Extremadura.
No obstante, sí serán objeto de esta modalidad la adquisición y, en su caso, instalación del
material de los coches patrullas que prestan servicio operativo y previstos en el apartado 3
(Equipación Vehículos Operativos) del anexo VIII (Vehículos Policiales) de la Orden de 15 de
mayo de 2019.
Segundo. Beneficiarios.
Podrán solicitar y resultar beneficiarios los municipios de la Comunidad Autónoma de Extremadura que cuenten con efectivos de la Policía Local y que acrediten el cumplimiento de los
requisitos exigidos en el artículo 3 de la Orden de 24 de abril de 2020 modificada por la Orden
de 10 de enero de 2023 (DOE n.º 14, de 20 de enero).