Consejería De Educación, Ciencia Y Formación Profesional. Formación Del Profesorado. (2024050057)
Orden de 11 de abril de 2024 por la que se aprueba el Plan Regional de Formación Permanente del Profesorado de la Comunidad Autónoma de Extremadura, correspondiente al curso escolar 2023-2024.
38 páginas totales
Página
NÚMERO 75
Jueves 18 de abril de 2024

20683

1. Introducción:
La publicación del Plan Marco de Formación Permanente del Profesorado de Extremadura
supone un impulso fundamental dentro de la línea que la Consejería de Educación, Ciencia
y Formación Profesional quiere dar a la formación del profesorado. Con ello, se pretende
acercar al centro educativo dicha formación, referenciarla al aula y promover la participación efectiva del profesorado.
Dicho modelo entronca políticas de identidad extremeña y de igualdad con los objetivos
que rubrica la Unión Europea basados en un nuevo concepto de la educación que apuesta
por desarrollar habilidades para la vida, el autoaprendizaje y la ciudadanía, además de los
contenidos de carácter propedéutico.
En 2007, DOE núm. 44 de 17 de abril, se publica el Decreto 69/2007, de 10 de abril, que
regula la formación permanente del profesorado en la Comunidad Autónoma de Extremadura y que sigue siendo su referencia normativa y formal.
En él se concretan como objetivos generales los siguientes:
— Proporcionar la actualización de conocimientos científicos y pedagógicos.
— Poner a disposición del profesorado ideas, normativa, planes y propuestas innovadoras.
— Facilitar al profesorado información, formación, recursos y habilidades.
— Promocionar la reflexión sobre la práctica docente.
A partir del desarrollo del Plan Marco, se recoge en dicha normativa el Plan Regional de
Formación Permanente del Profesorado.
Este Plan Regional tendrá carácter anual y el referido decreto le atribuye los siguientes
aspectos:
— Define y recoge las actuaciones que, con carácter regional, nacional e internacional se
determinen por la Consejería de Educación, Ciencia y Formación Profesional.
— Orienta la aplicación de las líneas directrices en la formación del profesorado, desarrolladas en el Plan Marco de Formación Permanente del Profesorado.
— Establece las líneas de actuación con carácter regional.
— Contempla todas las actividades de formación propuestas desde el ámbito de los Centros de Profesores y de Recursos, coordinando las mismas.