Consejería De Cultura, Turismo, Jóvenes Y Deportes. Subvenciones. (2024061295)
Resolución de 11 de marzo de 2024, de la Presidencia del Instituto de la Juventud de Extremadura, por la que se da publicidad a las subvenciones concedidas en el ejercicio 2023 al amparo del artículo 32.1.a) y b) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura.
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Miércoles 17 de abril de 2024

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CONSEJERÍA DE CULTURA, TURISMO, JÓVENES Y DEPORTES
RESOLUCIÓN de 11 de marzo de 2024, de la Presidencia del Instituto de la
Juventud de Extremadura, por la que se da publicidad a las subvenciones
concedidas en el ejercicio 2023 al amparo del artículo 32.1.a) y b) de la Ley
6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de
Extremadura. (2024061295)
El Instituto de la Juventud de Extremadura, creado por Ley 1/2007, de 20 de marzo, es el
órgano responsable de las políticas de juventud en el ámbito de la Comunidad Autónoma de
Extremadura, entre cuyas funciones se encuentran, conforme a lo establecido en el artículo
4, las de:
e) Impulsar la cogestión de servicios a la juventud tanto desde el sector público como del
privado, manteniendo una relación dinámica y permanente con la realidad de los jóvenes de Extremadura y del entorno legal.
o) Establecer estrategias, programas y cauces que potencien la coordinación con las políticas de juventud de los Ayuntamientos, así como con otras instituciones y organismos
que desarrollen actuaciones dirigidas a los jóvenes, en especial en zonas rurales.
i) Coordinar con las corporaciones locales las competencias en materia de juventud en la
puesta en marcha de Planes de Juventud u otras materias de acuerdo con las normativas
específicas y a la Ley de 7/1985, reguladora de las Bases de Régimen Local (…).
El Instituto de la Juventud de Extremadura, como Organismo Autónomo, de acuerdo con el
artículo 22 del Decreto 77/2023, de 21 de julio, por el que se establece la estructura orgánica
básica de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, se adscribe el Instituto de la Juventud de Extremadura a la Consejería de Cultura, Turismo, Jóvenes y Deportes.
El artículo 22.4.c) de la Ley 6/2011, de 23 de marzo, de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, establece la posibilidad de otorgar subvenciones de manera directa
sin convocatoria previa cuando, con carácter excepcional, se acrediten razones de interés
público, social, económico o humanitario, u otras debidamente justificadas que dificulten su
convocatoria pública. En consonancia con lo expuesto, el artículo 32.1.a) y b) de la citada
ley (modificado por el artículo 10.7 de la Ley 8/2019, de 5 de abril, para una Administración
más ágil en la Comunidad Autónoma de Extremadura y el 33.6 de la Ley 5/2022, de 25 de
noviembre, de medidas de mejora de los procesos de respuesta administrativa a la ciudadanía
y para la prestación útil de los servicios públicos), contempla entre los supuestos excepcionales de concesión directa aquellos en que por razón de la especial naturaleza de la actividad