Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061283)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de casa rural, cuyo promotor es Martín Calle Gutiérrez, en el término municipal de Santibáñez el Bajo (Cáceres). Expte.: IA23/263.
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NÚMERO 73
Martes 16 de abril de 2024



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— Cualquier actuación contemplada en la obra deberá estar de acuerdo con lo estipulado en la Ley 43/2003, de 21 de noviembre, de Montes, y en sus modificaciones
posteriores, así como en el título VII de la Ley 6/2015, de 24 de marzo, Agraria de
Extremadura y el Decreto 134/2019, de 3 de septiembre, por el que se regula la
realización de determinadas actuaciones forestales en el ámbito de la Comunidad
Autónoma de Extremadura y los Registros de Cooperativas, Empresas e Industrias
Forestales y de Montes Protectores de Extremadura, y su modificación por el Decreto
37/2022, de 12 de abril.

b. Medidas en fase de construcción.


— La época y el procedimiento para la ejecución de la obra se ajustarán a las que le
sean aplicables en función de los usos y aprovechamientos que puedan verse afectados, por la existencia de riesgo de peligro de incendios o por autorizaciones de otra
índole.



— Se utilizarán los accesos existentes para la realización de los trabajos, minimizando
la entrada de máquinas o vehículos de transporte de materiales en los lugares naturales y evitando establecer en ellos los parques de maquinaria o material de rechazo
y acopios.



— Se procederá a la restitución morfológica y descompactación de los terrenos afectados por las obras y explanaciones previstas, principalmente mediante el aporte de
tierra vegetal, previamente apartada y acopiada en las fases iniciales de obra.



— No se acumularán tierras, escombros, ni cualquier otro material de obra o residuo
interfiriendo en la red natural de drenaje, para evitar su arrastre al lecho de un cauce
en el caso de lluvia o escorrentía superficial.



— Se pondrán en marcha cuantas medidas sean necesarias para evitar la erosión y la
pérdida de suelo fértil. Los movimientos de tierra serán los estrictamente necesarios,
se asegurará la estabilidad de los taludes reduciendo sus pendientes y deberá existir
una planificación de los drenajes de las aguas pluviales y escorrentías.



— Mantener la vegetación natural en las lindes de la parcela para alimento y refugio de
biodiversidad. Se recomienda incrementar su superficie con setos vegetales y bandas florales permanentes en el perímetro de las parcelas agrícolas u otras zonas no
utilizadas.



— Se respetarán todos los pies forestales existentes. No se realizarán movimientos de
suelo ni operaciones bajo copa que pongan en riesgo la supervivencia de este arbolado.