Consejería De Agricultura, Ganadería Y Desarrollo Sostenible. Impacto Ambiental. (2024061283)
Resolución de 8 de abril de 2024, de la Dirección General de Sostenibilidad, por la que se formula informe de impacto ambiental del proyecto de casa rural, cuyo promotor es Martín Calle Gutiérrez, en el término municipal de Santibáñez el Bajo (Cáceres). Expte.: IA23/263.
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NÚMERO 73
Martes 16 de abril de 2024




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— Calidad del aire, ruido y contaminación lumínica.
Sobre la calidad del aire y el ruido, el mayor impacto se producirá durante la fase
de construcción, por la maquinaria, movimientos de tierras y acciones constructivas,
que desaparecerá cuando concluyan las obras. Durante la fase operativa, se producirá este tipo de afección sobre todo vinculada al tránsito y alojamiento de personas.
Se considera que esta afección será poco significativa, no obstante, se aplican medidas para evitarlo y/o minimizarlo.




— Patrimonio arqueológico y dominio público.
El proyecto no presenta incidencias sobre el patrimonio arqueológico conocido. No
obstante, se incluye una medida en el condicionado del presente informe en aras de
su protección.




— Consumo de recursos y cambio climático.
Los recursos consumidos por el proyecto son la ocupación del suelo, no utilizándose
una superficie muy elevada, y el agua utilizada por los usuarios de la casa rural y la
limpieza de ésta. Teniendo en cuenta que el consumo de agua se limita al periodo en
el que la casa rural tenga huéspedes, se considera que la afección ocasionada por
el consumo de recurso hídrico será poco significativa. El proyecto no contribuye al
aumento significativo del cambio climático, ni en la fase de construcción ni en la fase
de explotación.




— Medio socioeconómico.
El impacto en el medio socioeconómico será positivo directa e indirectamente, ya
que se diversifica la actividad económica del entorno. Indirectamente, al aumentar la
oferta de actividades y alojamiento en la comarca, aumenta el número de potenciales visitantes a la misma favoreciendo la actividad turística y el comercio de la zona.




— Sinergias.
Del análisis efectuado al proyecto, no se prevé que pudieran surgir sinergias de los
impactos ambientales provocados por la actividad objeto del proyecto, con otras actividades desarrolladas en el entorno del mismo.




— Vulnerabilidad del proyecto.
El promotor incluye el apartado “vulnerabilidad del proyecto ante riesgos de accidentes graves o catástrofes” en el documento ambiental, de conformidad con lo estipu-